Decreto No. 3757

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<b>REPUBLlCA</b><br /> <b>DE COLOMBIA</b><br /> ~.<br /> <b>MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIA lfvt.I.</b><br /> <b>DECRETO NÚMERO</b><br /> <b>3757 DE </b>2009, •••<br /> ( 3 O SEP <b>2009</b><br /> Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado<br /> Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación<br /> <b>EL PRESIDENTE</b><br /> <b>DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,</b><br /> en ejercicio de las facultades constitucionales<br /> y legales, en especial las conferidas<br /> por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 1° del<br /> artículo 2° de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 1° del Decreto 3202de 2007, y<br /> <b>CONSIDERANDO:</b><br /> Que mediante el Decreto 3202 del 24 de agosto de 2007, se dispuso la supresión y<br /> liquidación de la Empresa Social del Estado ESE Luis Carlos Galán Sarmiento creada<br /> mediante Decreto-Ley 1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada del nivel<br /> nacional, de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social.<br /> Que el parágrafo 1° del articulo 2° de la Ley 1105 de 2006, "Por medio de la cual se<br /> modifica el Decreto Ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de entidades<br /> públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional", señala que "En el acto que ordene la<br /> supresión o disolución se señalará el plazo para realizar la liquidación de la respectiva<br /> entidad, el cual será fijado teniendo en cuenta las caracteristicas de la misma. Si la<br /> liquidación no concluye en dicho plazo, el Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por<br /> acto administrativo debidamente motivado".<br /> Que el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 3202 de 2007, señaló que la liquidación de la<br /> Empresa Social del Estado ESE Luís Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, deberia<br /> culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a partir de su entrada en<br /> vigencia, pudiendo<br /> ser<br /> prorrogable por el Gobierno Nacional mediante acto<br /> administrativo debidamente motivado.<br /> Que mediante el Decreto 3057 del 20 de agosto de 2008, se prorrogó el plazo para la<br /> culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado ESE Luís Carlos<br /> Galán Sarmiento en Liquidación, hasta el 24 de febrero de 2009.<br /> Que mediante el Decreto 532 del 24 de febrero de 2009, se prorrogó el plazo para la<br /> culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado ESE Luis Carlos<br /> Galán Sarmiento en Liquidación, hasta el 25 de mayo de 2009.<br /> Que mediante el Decreto 1893 del 22 de mayo de 2009, se prorrogó el plazo para la<br /> culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado ESE Luis Carlos<br /> Galán Sarmiento en Liquidación, hasta el 24 de julio de 2009.<br /> Que mediante el Decreto 2748 del 24 de julio de 2009, se prorrogó el plazo para la<br /> culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado ESE Luís Carlos<br /> Galán Sarmiento en Liquidación, hasta el 30 de septiembre de 2009.DECRETO NÚMERO<br /> <b>{] 3757</b><br /> DE 2009<br /> HOJA No _2<br /> Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa<br /> Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación".<br /> Que evaluado<br /> el desarrollo' del proceso liquidatorio,<br /> se concluye<br /> que no es posible<br /> concluir<br /> unos procesos<br /> al treinta (30) de septiembre<br /> de 2009, razón por la cual se<br /> requiere una prórroga adicional<br /> hasta el treinta (30) de octubre de 2009.<br /> Que mediante comunicación 013489 del 17 de septiembre de 2009, el representante<br /> legal<br /> de la sociedad FIDUAGRARIA<br /> S.A., en su condición de liquidador de Empresa Social del<br /> Estado, ESE Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación,<br /> solicitó prorrogar<br /> el término<br /> para concluir la liquidación<br /> hasta el treinta (30) de Octubre de 2009, con el fin de: 1)<br /> Tramitar<br /> la aprobación<br /> de la normalización<br /> pensional<br /> conforme<br /> a los procedimientos<br /> previstos en el Decreto 1298 de 2008; 2) Concretar la venta del remanente de algunos<br /> muebles<br /> y medicamentos<br /> que han resultado de difícil comercialización;<br /> 3) Obtener<br /> la<br /> aprobación<br /> por parte del Ministerio<br /> de la Protección<br /> Social del Informe<br /> Final de la<br /> Liquidación<br /> y la suscripción del Acta Final, conforme a los artículos 36 y 38 del Decreto<br /> Ley 254 de 2000.<br /> Que de acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación de la<br /> Empresa<br /> Social del Estado ESE Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación<br /> al treinta<br /> (30) de septiembre de 2009, requiriéndose de una prórroga adicional hasta el treinta (30)<br /> de octubre de 2009.<br /> Que en mérito de lo expuesto,<br /> DECRETA:<br /> ARTíCULO<br /> 1°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del<br /> Estado ESE Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación, establecido en el artículo 10. del<br /> Decreto 3202 de 2007, prorrogado por los Decretos 3057 de 2008, y 532, 1893,<br /> Y 2748<br /> de 2009, hasta el treinta (30) de octubre de 2009.<br /> Parágrafo:<br /> En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida<br /> en el<br /> artículo 1" de este Decreto puedan concluirse antes del término señalado, la Liquidadora<br /> procederá al cierre inmediato de la liquidación.<br /> ARTíCULO 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.<br /> 3 <b>O SEP </b>200<br /> PUBLíQUESE y CÚMPLASE<br /> Dado en Bogotá, D C,<br /> EL MINISTRO DE HACIENDA<br /> Y CRÉDITO PÚBLICO,<br /> OSCAR IVÁDECRETO NÚMERO __<br /> 0_3_7_5_7_<br /> DE 2009<br /> HOJA No _3<br /> Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa<br /> Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación".<br /> EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL,<br /> DIEGO PALACIO B TANCOURT<br /> \<br /> LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO<br /> ADMINISTRATIVO<br /> \<br /> DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,<br /> ELlZABETH RODRIGUEZ TAYLOR