Decreto No. 4893

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';~1Iii~etjl;<br /> 1.'1.~Ii. lI~iii~;¡<br /> ..<br /> ~<br /> .CUIARI~<br /> ~urUI.1IiIIl<br /> f<br /> t<br /> ~<br /> ._~.~<br /> I<br /> f<br /> ~<br /> í<br /> í<br /> <b>REPÚBLICA DE COLOMBIA</b><br /> <i>i¡~,,<br /> <b>MINISTERIO DEL </b>•<br /> <b>INTERIOR Y DE JUSTICIA</b><br /> DECRETO NÚ!l'I;R? .r18~~<br /> ~<br /> .".".,Qf.<br /> ') 1 Dh, ¿8tH<br /> Por el cual se hace efecta<br /> una sanción disciplinaria impuesta<br /> a la ex Gobernadora (E) del Departamento del Amazonas<br /> <b>EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,</b><br /> En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 172 de la Ley 734 de 2002,<br /> <b>CONSIDERANDO:</b><br /> Que conforme a lo solicitado por el Jefe de la Unidad de Contratación Estatal de la<br /> Procuraduría General de la Nación, mediante comunicación 43831 del 24 de julio de<br /> 2007, se hace necesario dar cumplimiento a la providencia del 30 de noviembre de<br /> 2006, proferida por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal,<br /> mediante el fallo de primera instancia del 30 de noviembre de 2006, correspondiente<br /> a la investigación disciplinaria N° 021- 71563.<br /> Que mediante el fallo descrito en el párrafo anterior se impuso a la señora Elsy<br /> Leonor Núñez Torres, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.681.428, en<br /> su condición de ex-Gobernadora encargada del Departamento del Amazonas,<br /> la<br /> sanción de setenta (70) días de suspensión<br /> en el ejercicio del cargo, y que<br /> atendiendo lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley 734 de 2002, en el caso en que<br /> el disciplinado haya cesado en sus funciones al momento de la ejecutoria del fallo, el<br /> término de la sanción se convertirá en salarios "de acuerdo con el monto devengado<br /> para el momento de la comisión de la falta".<br /> Que para el caso que nos ocupa la sanción asciende a la suma de Cinco millones<br /> doscientos setenta y nueve mil seiscientos ochenta y siete pesos moneda corriente<br /> ($5.279.687.00), por la conversión que de setenta (70) días de suspensión se hizo<br /> en setenta (70) días de salarios devengado por la señora Elsy Leonor Núñez Torres,<br /> ex-Gobernadora encargada del Departamento del Amazonas, y titular del cargo de<br /> Directora Jurídica, en la época de los hechos, este es en el año 2002, conforme lo<br /> determina el oficio de de la Procuraduría General de la Nación en comunicación<br /> 73370 del 30 de noviembre de 2007, suscrita por la Procuradora Primera Delegada<br /> para la Contratación Estatal.<br /> Que según constancia suscrita por el Coordinador de la Unidad Coordinadora para la<br /> Contratación Estatal de la Procuraduría General de la Nación, el fallo de primera<br /> instancia fue notificado por edicto el 15 de diciembre de 2006 y desfijado el 19 de<br /> diciembre de 2006, por lo cual se halla debidamente ejecutoriado.<br /> Que conforme al artículo 172 de la Ley 734 de 2002, corresponde al Presidente de la<br /> República<br /> hacer efectivas<br /> las sanciones<br /> disciplinarias<br /> que se impongan<br /> a los ~ r.A<br /> )J.<br /> Gobernadores y Alcaldes de Distrito.<br /> <i>'1""'"</i><b>DECRETO NÚMERO</b><br /> <b>DE 2007</b><br /> <b>HOJA </b>No.<br /> Continuación<br /> del decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta<br /> a la ex<br /> Gobernadora (E) del Departamento del Amazonas",<br /> Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento<br /> del 28 de julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales<br /> el Presidente de la República da cumplimiento<br /> a una sanción a instancias de<br /> autoridad competente, son de ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno,<br /> de conformidad<br /> con lo dispuesto<br /> en el artículo<br /> 49 del Código<br /> Contencioso<br /> Administrativo.<br /> <b>DECRETA:</b><br /> <b>ARTICULO</b><br /> <b>PRIMERO:</b><br /> En cumplimiento<br /> de lo dispuesto<br /> por la Procuraduría<br /> Primera Delegada para la Contratación Estatal, mediante el fallo de primera instancia<br /> del 30 de noviembre de 2006, proferida dentro de la investigación disciplinaria N°<br /> 021- 71563, hágase efectiva a la señora Elsy Leonor Núñez Torres, identificada con<br /> la cédula de ciudadanía<br /> No. 41.681.428,<br /> en su condición<br /> de ex-Gobernadora<br /> encargada del Departamento<br /> del Amazonas,<br /> para la época de los hechos, la<br /> sanción de setenta (70) días de suspensión en el ejercicio del cargo, término que se<br /> convierte en salarios "de acuerdo con el monto devengado para el momento de la<br /> comisión de la falta", equivalentes a Cinco millones doscientos setenta y nueve mil<br /> seiscientos ochenta y siete pesos moneda corriente ($5.279.687.00).<br /> <b>ARTICULO</b><br /> <b>SEGUNDO:</b><br /> El presente<br /> Decreto rige a partir de la fecha de su<br /> publicación y contra él no procede recurso alguno, de conformidad con el Artículo 49<br /> del Código Contencioso Administrativo.<br /> Dado en Bogotá, D.C, a los<br /> /1\\\\<i>V</i><br /> EL MINISTRO DEL INTERIOR ~:<br /> ..<br /> <b>CARLOS HOLGuíN SARDI</b>