Decreto No. 064
DE COLOMBIA
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MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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DECRETO NÚMERO:
"O 6 4 DE 2010
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Por el cual se prorroga la suspensión provisional impuesta al Gobernador del Departamento del
Putumayo y se prorroga el encargo
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
artículos 304 de la Constitución Polítíca Y 66 de la Ley 4" de 1913, en concordancia con el
artículo 157 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del fallo del 14 de octubre de 2009, dentro del expediente No, IUS: 2009-
154274 proferido simultáneamente con la formulación de cargos, por la Procuraduría Segunda
Delegada para la Vigilancia Administrativa, el Gobíerno Nacional expidió el Decreto 3980 del 15
de octubre de 2009, a través del cual suspendió provisionalmente al señor FELIPE ALFONSO
GUZMAN MENDOZA, en su condición de Gobernador del Departamento del Putumayo, por el
término de tres meses y encargó a un ciudadano para ejercer temporalmente las funciones del
Despacho,
Que la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, mediante oficio del 15
de enero de 2010, hizo llegar copia del Auto proferido el14 de enero del mismo año, dentro del
expediente No, IUS:2009-154274, mediante el cual ordenó prorrogar por el término de tres (3)
meses la suspensión provisíonal impuesta al doctor FELIPE ALFONSO GUZMAN MENDOZA,
en su calidad de Gobernador del Departamento del Putumayo, según providencia del 14 de
octubre de 2009,
Que con el fin de dar cumplimiento a la decisión antes referida, se hace necesario prorrogar la
suspensión impuesta al Señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, Gobernador de Departamento
del Putumayo, por el término de tres (3) meses, la cual se hizo efectiva mediante Decreto No.
3980 del 15 de octubre de 2009.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
República da cumplimiento a una medida dictada por autoridad competente, son de ejecución y
contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49
del Código Contencioso Administrativo.
Que con el fin de evitar vacíos de poder o autoridad, se hace necesarío prorrogar el encargo
efectuado
al doctor Adrián Alejandro
Revelo Jurado,
mediante
Decreto 4984 del 24 de
diciembre de 2009.
En mérito de lo expuesto,
fL~DECRETO NÚMERO
064.
DE
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"Porel cualse prorrogalassuspensiónprovisionaldel Gobernadordel Departamento
del Putumayoy se prorrogael
encar o".
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO.- Prorrogar por el término de tres (3) meses la suspensión provisional
impuesta al Señor Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, identificado con la cédula de ciudadanía
No. 2.571.934, en su condición de Gobernador del Departamento del Putumayo, mediante
providencia del 14 de octubre de 2009, dentro del expediente No. IUS: 2009-154274, con el fin
de dar cumplimiento a la decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia
Administrativa, calendada el 14 de enero de 2010, proferida dentro del mismo expediente, de
conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente decreto.
ARTíCULO SEGUNDO.-
Prorrogar el encargo efectuado mediante Decreto 4984 del 24 de
diciembre de 2009 al doctor Adrián Alejandro Revelo Jurado, identificado
con la cédula de
ciudadanía No. 18.188.094 expedida en Puerto Asís.
ARTíCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra
él no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Código
Contencioso Administrativo.
PUBlíQUESE,
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los
1 5 EtlE 2010
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El Ministro del Interior y de Justicia,
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•
Elaborado por:
Albeiro David Espitaleta Lorduy. Profesional univer~'~ariO
Revisado por:
Life Armando Delgado Mendoza. Coordinador G&f.'I, .
Jorge Alberto Garcla Calume.
Director Jurldico
JL
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Héctor Adolfo Situra Varela. Asesor
Externo Despacho
Ministro ¿
Viviana
Manrique
Zuluaga. Viceministra
del Interior