Decreto No. 069
a.CUIARIA luftlUir.\l1
•••••••
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLlC
DECRETO NÚMERO-
069
DE
Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a que se refiere el inciso
tercero del artículo 477 del Estatuto Tributario para el año 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le
confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 477
del Estatuto Tributario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del
Decreto 4650 de 2006
DECRETA
ARTICULO 1. Cupos de bienes importados que se encuentran exentos del
impuesto sobre las ventas. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del
Decreto 4650 de 2006, fíjanse los siguientes cupos máximos de importación de
alimentos de consumo humano y animal procedentes de Venezuela, Brasil y Perú
destinados exclusivamente
al consumo local de los departamentos
de Amazonas,
Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada, correspondientes
al año 2010.
Estos cupos están fijados en las unidades físicas de medida establecidas
por la
Comunidad
Andina de Naciones para cada una de las partidas del arancel de
aduanas comprendidas entre los capítulos 11al XXIII inclusive, que corresponden a
los bienes de consumo humano y animal.
Los departamentos
de Amazonas,
Guainía,
Guajira,
Vaupés
y Vichada
solo
podrán gozar del beneficio consagrado en el artículo 477 del Estatuto Tributario tal
como fue adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006, siempre y cuando
las importaciones
de alimentos
para consumo
humano
y animal
provengan
efectivamente
del país o los países colindantes
con cada departamento
en
particular, tal como se ilustra en la siguiente tabla:
I DEPARTAMENTO DE CONSUMO
PAISES COLINDANTES
I
11
IAmazonas
11 Perú y Brasil
I
IGuainía
1I Venezuela
y Brasil
1
¡La Guajira
11 Venezuela
I
IVaupés
11 Brasil
I
IVichada
1I Venezuela
I069
DECRETO NÚMERO
de
Hoja N°. 2
Continuación del Decreto "Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a
que se refiere el inciso tercero del articulo 477 del Estatuto Tributario para el año
2010"
La Dirección
de Impuestos
y Aduanas
Nacionales
efectuará
un seguimiento
permanente sobre las importaciones
objeto de la exención por cada uno de los
departamentos
beneficiarios.
En el momento
en que se alcancen
los cupos
máximos de importación
asignados,
se entenderá
que el beneficio ha cubierto
completamente
el consumo local de cada departamento
y en consecuencia
se
suspenderá
la exención
del impuesto
sobre
las ventas
para estas
partidas
arancelarias.
A fin de controlar
lo dispuesto
en este artículo,
la Dirección de Impuestos
y
Aduanas Nacionales publicará en su portal de Internet, las unidades fisicas de las
importaciones
acumuladas
de los bienes y mercancías
objeto
del beneficio,
provenientes
de
los
países
colindantes
con
cada
departamento.
Para el año 2010, los cupos máximos de importación son los que figuran en la
siguiente tabla:
VICHADA
Partida y
UNIDAD
subpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
04.05.10
Mantequilla
Kilogramos
4.474
04.03
Yogurth y Kumis
Litros
10.169
04.06.30
Queso fundido y para untar
Kilogramos
2.644
11.01
Harina de trigo
Kilogramos
67.524
11.02.90
Harina de avena
Kilogramos
10.576
11.02.20
Harina de Maiz
Kilogramos
58.982
15.16.20
Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones.
Kilogramos
30.915
15.17.10
Margarina, excepto la margarina líquida.
Kilogramos
14.847
16.02.
Embutidos de carnes y similares
Kilogramos
44.745
16.04.13
Sardinas, sardinelas y espadines
Kilogramos
11.227
16.04.14.10
Atún
Kilogramos
14.074
16.05.90.
Ostras/almejas/pepitotas
Kilogramos
814
17.01.11.90
Azúcar
Kilogramos
58.982
Chocoiate y demás preparaciones alimenticias
Kilogramos
1.708
18.06
, Que contenoan cacao.
Preparaciones
para alimentación
infantil
Kilogramos
15.864
19.01.10
acondicionada
para la venta al por menor.
Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas
Kilogramos
30.305
(de carne u otras sustancias) o preparadas de
19.02
otra forma, tales como espaguetis, fideos,
macarrones, tallarines, lasañas, ñoquls, ravioles,
canelones; cuscús, incluso preparado.
Productos a base de cereales obtenidos por
Kilogramos
8.542
19.04.10
inflado o tostado.
19.05
Productos de panadería, pasteleria o galleteria.
Kilogramos
17.084
Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas
Kilogramos
14.237
de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción,
20.07
incluso con adición de azúcar u otro
edulcorante.
Jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas, sin
Litros
38.643
fermentar y sin adición de alcohol, incluso con
20.09
adición de azúcar u otro edulcorante.069
DECRETO NÚMERO
de
Hoja N°. 3
-------------
----------
Continuación
del Decreto
"Por
el cual
se establecen
los cupos
de bienes
importados
a
que
se refiere
el inciso
tercero
del artículo
477 del Estatuto
Tributario
para
el año
2010"
VICHADA
Partida y
UNIDAD
Subpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
Preparaciones
para salsas y salsas preparadas;
Kilogramos
25.423
21.03
condimentos
y sazonadores,
compuestos;
harina de mostaza y mostaza preparada.
21.04.10.10
mezclas para preparar sopas
Kilogramos
9.356
21.06.90.21
Mezcla en polvo para preparar bebidas
Kilogramos
3.254
21.06.90.30
Hidrolizado de proteínas
Kilogramos
21.152
Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada,
Litros
352.468
con adición de azúcar u otro edulcorante o
22.02
aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas,
excepto los jugos de frutas u otros frutos o de
hortalizas de la partida 20.09.
23.09.10.10
Alimentos para perros
Kilogramos
41.491
23.09.10.10
Alimentos para gatos (concentrados)
Kilogramos
2.847
23.09.90.90
Alimentos para pollos (los demás)
Kilogramos
8.135
23.09.90.90
Alimentos concentrados
para cerdos
Kilogramos
61.016
23.09.90.90
Alimentos concentrados
para caballos
Kilogramos
21.966
23.09.90.90
Alimentos concentrados
para conejos
Kilogramos
976
23.09.90.90
Alimentos concentrados
para aves
Kilogramos
195.251
LA GUAJIRA
Partida y
UNIDAD
Subpartlda
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
11.08
Almidón y fécula; Inulina.
Kilogramos
831.462
15.17.10
Margarina, excepto la margarina liquida
Kilogramos
30.060
16.04.13.10
Sardinas en salsa de tomate.
Kilogramos
1.302.741
17.02.40.20
Jarabe de glucosa.
Kilogramos
420.905
18.06
Chocolate y demás preparaciones
alimenticias
que
Kilogramos
22.024
contencan cacao.
19.01.10
Preparaciones
para
alimentación
infantil
Kilogramos
31.674
acondicionada
para la venta al por menor.
19.02
Pastas alimenticias,
incluso cocidas o rellenas (de
Kilogramos
41.892
carne
u otras
sustancias)
o preparadas
de otra
forma, tales como espaguetis,
fideos, macarrones,
tallarínes,
lasañas,
ñoquis,
ravioles,
canelones;
cuscús, incluso oreoarado.
19.04.10
Productos a base de cereales obtenidos por inflado
Kilo9ramos
1.548.483
o tostado.
19.05
Productos de panaderia, pastelería o galletería.
Kilogramos
32.522
20.07
Confituras, jaleas y mermeladas,
purés y pastas de
Kilogramos
1.433.261
frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso
con adición de azúcar u otro edulcorante.
21.03
Preparaciones
para salsas
y salsas
preparadas;
Kilogramos
211.528
condimentos
y sazonadores,
compuestos;
harina
de mostaza v mostaza oreoarada.
.\\
22.09
Vinagre y sucedáneos del vinagre obtenídos a partir
Kilogramos
136.372
"
del ácido acético.069
DECRETO NÚMERO
de
Hoja N°. 4
-------------
----------
Continuación del Decreto "Por el cual se establecen 10$ cupos de bienes importados a
que se refiere el inciso tercero del articulo 477 del Estatuto Tributario para el año
2010"
GUAINIA
Partida y
UNIDAD
Subpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
11.02.20
Harina de Maiz
Kilogramos
32.300
11.08
Almidón y fécula; lnulina
¡
Kilogramos
38.870
12.01.00.90
Habas (porotos,
frijoles, fréjoles)
de soja (soya),
Kilogramos
15.759
incluso quebrantadas
excepto para siembra.
!
15.16.20
Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones.
Kilogramos
22.213
15.17.10
Margarina, excepto la margarina líquida.
Kilogramos
2.891
16.04.13
Sardinas, sardinelas y espadines
,
Kilogramos
60.904
17.02.40.20
Jarabe de glucosa
Kilogramos
19.678
18.05
Cacao
en polvo
sin adición
de azúcar ni otro
Kilogramos
4.975
edulcorante
18.06
Chocolate
y demás
preparaciones
alimenticias
Kilogramos
1.029
I que contenaan cacao.
19.01.10
Preparaciones
para
alimentación
infantil
Kilogramos
1.480
acondicionada
para la venta al por menor.
19.02
Pastas alimenticias,
incluso cocidas o rellenas (de
Kilogramos
1.959
carne u otras sustancias)
o preparadas
de otra
forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones,
tallarines,
lasañas,
ñoquis,
ravioles,
canelones;
cuscús, incluso preparado.
19.04.10
Productos
a
base
de
cereales
obtenidos
por
Kilogramos
166.979
inflado o tostado.
19.05
Productos de panaderia, pastelería o galleteria.
Kilogramos
1.520
20.07
Confituras,
jaleas y mermeladas,
purés y pastas
Kilogramos
67.006
de frutas
u otros frutos,
obtenidos
por cocción,
incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
20.09
Jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas, sin
Litros
31.481
fermentar
y sin adición
de alcohol,
incluso
con
adición de azúcar u otro edulcorante.
21.03
Preparaciones
para salsas y salsas preparadas;
Kilogramos
9.889
condimentos
y sazonadores,
compuestos;
harina
de mostaza y mostaza preparada.
22.02
Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con
Litros
48.266
adición
de
azúcar
u
otro
edulcorante
o
aromatizada,
y demás
bebidas
no alcohólicas,
excepto
los jugos
de frutas u otros frutos o de
hortalizas de la partida 20.09.
22.03
Cerveza de Malta.
Litros
40.105
22.09
Vinagre
y sucedáneos
del vinagre
obtenidos
a
Kilogramos
6.375
oartir del ácido acético.
AMAZONAS
Partida y
UNIDAD
5ubpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
11.02.20
Harina de Maiz
Kilogramos
66.452
12.01.00.90
Habas (porotos, frijoles, fréjoles)
de soja (soya),
Kilogramos
29.650
incluso quebrantadas
excepto para siembra.
15.16.20
Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones.
Kilogramos
42.056
15.17.10
Margarina, excepto la margarina líquida.
Kilogramos
5.474
16.04.13
Sardinas, sardinelas y espadines
Kilogramos
114.582
17.02.40.20
Jarabe de giucosa
Kilogramos
37.020DECRETO NÚMERO
069
de
Hoja N°. 5
-------------
----------
Continuación
del Decreto
"Por
el cual
se establecen
los cupos
de bienes
importados
a
que
se refiere
el inciso
tercero
del articulo
477 del Estatuto
Tributario
para
el año
2010"
AMAZONAS
Partida y
UNIDAD
Subpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
18.06
Chocolate
y demás
preparaciones
alimenticias
Kilogramos
1.937
Que contencan cacao.
19.01.10
Preparaciones
para
alimentación
infantil
Kilogramos
2.785
acondicionada
para la venta al por menor.
19.02
Pastas alimenticias,
incluso cocidas o relienas (de
Kilogramos
3.685
carne u otras sustancias)
o preparadas
de otra
forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones,
tallarines,
lasañas,
ñoquls,
ravioles,
canelones;
cuscús, incluso preparado.
19.04.10
Productos
a base
de
cereales
obtenidos
por
Kilogramos
314.150
inflado o tostado.
19.05
Productos de panaderia, pastelería o galletería.
Kilogramos
2.860
20.07
Confituras,
jaleas y mermeladas,
purés y pastas
Kilogramos
157.519
de frutas
u otros frutos,
obtenidos
por cocción,
incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
21.03
Preparaciones
para salsas y salsas preparadas;
Kilogramos
18.605
condimentos
y sazonadores,
compuestos;
harina
de mostaza v mostaza preparada.
22.09
Vinagre
y sucedáneos
del vinagre
obtenidos
a
Kilogramos
11.993
oartir del ácido acético.
VAUPES
Partida y
UNIDAD
subpartida
Descripción
FíSICA DE
CANTIDAD
Arancelaria
MEDIDA
11.02.20
Harina de Maíz
Kilogramos
7.827
12.01.00.90
Habas (porotos,
frijoles, fréjoles)
de soja (soya),
Kilogramos
14.065
incluso quebrantadas
excepto para siembra.
15.16.20
Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones.
Kilogramos
19.951
15.17.10
Margarina, excepto la margarina liquida.
Kilogramos
2.596
16.04.13
Sardinas, sardinelas y espadines
Kilogramos
54.353
17.02.40.20
Jarabe de glucosa
Kilogramos
17.561
18.06
Chocolate
y demás
preparaciones
alimenticias
Kilogramos
919
oue contenoan cacao.
19.01.10
Preparaciones
para
alimentación
infantil
Kilogramos
1.321
acondicionada
para la venta al por menor.
19.02
Pastas alimenticias,
incluso cocidas o rellenas (de
Kilogramos
1.748
carne u otras sustancias)
o preparadas
de otra
forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones,
tallarines,
lasañas,
ñoquls,
ravioles,
canelones;
cuscús, incluso preparado.
, 19.04.10
Productos
a
base
de
cereales
obtenidos
por
Kilogramos
149.022
I
inflado o tostado.
I
19.05
Productos de panadería, pastelería o galletería.
Kilogramos
1.357
I
20.07
Confituras,
jaleas y mermeladas,
purés y pastas
Kilogramos
,
59.801
de frutas
u otros frutos,
obtenidos
por coccíón,
incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
,
21.03
Preparaciones
para salsas y salsas
preparadas;
Kilogramos
8.827
condimentos
y sazonadores,
compuestos;
harina
de mostaza y mostaza preparada.
22.09
Vinagre
y sucedáneos
del vinagre
obtenidos
a
Kilogramos
5.691
I partir del ácido
acético.DECR.ETO NÚMERO
··069
de
Hoja N°. 6
Continuación del Decreto "Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a
que se refiere el inciso tercero del articulo 477 del Estatuto Tributario
para el año
2010"
Parágrafo. Los cupos de importación establecidos en el presente artículo se
aplicarán tan sólo a los bienes y mercancías expresamente señalados en los
cuadros
anteriores,
independientemente
que
por
la
partida
arancelaria
correspondiente se clasifiquen otros bienes respecto de los cuales no se aplicará
la exención de que trata el artículo 477 del Estatuto Tributario.
ARTICULO
2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
18 t~~[
l~10
PUBLíQUESE y CÚMPLASEDado en Bogotá D. e., a los
.-.-.,
--~--
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