Decreto No. 093
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República de Colombia
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Ubertod y Orden
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto Número
O 9 3
de
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Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación
para la vigencia fiscal de 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE CPLOMBIA,
en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto
Orgánico del Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996 y,
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1292 del 21 de mayo de 2003, por el cual se suprime
el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria - INCORA y se ordena su liquidación, el cual fue
modificado parcialmente mediante decretos 1492 de 2006, 542 de 2007, 2462 Y 4470 de 2007, el
cual determina como plazo para concluir el proceso el31 de diciembre de 2007.
Que del proceso de liquidación se evidenció que los recursos de la liquidación del Instituto
Colombiano de la Reforma Agraria - INCORA, son insuficientes para atender en debida forma el
pago de las obligaciones pensionales.
Que el artículo 32 del Decreto - Ley 254 de 2000, dispone que en caso de que los recursos de la
liquidación de un establecimiento público del orden nacional sean insuficientes, las obligaciones
estarán a cargo de la Nación
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 4986 del 31 de diciembre de 2007, que en su artículo
segundo ordena "Para efectos de lo dispuesto en el Decreto 1292 de 2003, en sus artículos 28, 29
Y 32, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia reconocerá las
pensiones que estaban a cargo del Incora en Liquidación, para lo cual se subrogará en la
administración del contrato de Fiducia que el Incora en Liquidación celebre para administrar los
recursos destinados
a financiar los gastos de administración
inherentes al reconocimiento,
administración de nómina, administración de archivos y demás actividades inherentes a esa
labor",
Que el mismo Decreto 4986 del 31 de diciembre de 2007, en su artículo tercero ordena "Los
recursos apropiados en el presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la
vigencia 2008, que estén dispuestos para la administración y pago de pensiones, deberán
trasladarse a los responsables tanto del reconocimiento de las pensiones del Incora como del
pago de las mismas en virtud del artículo 86 del estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional",Decreto No:
093
de
Hoja No. 2 de 4
Continuación del Decreto "Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación
para la vigencia fiscal de 2008"
Que mediante la Ley 1169 de diciembre 05 de 2007, se decretó el Presupuesto de Rentas y
Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones
para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2008, y mediante el Decreto 4944 del 26 de diciembre de 2007 se liquidó el
Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, se detallaron las apropiaciones
y se clasificaron y definieron los gastos;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la
facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del
Presupuesto General de la Nación;
Que de conformidad
con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto
General de la
Nación, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional,
mediante Decreto, hará los ajustes correspondientes
en el presupuesto para dejar en cabeza de
los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones
correspondientes
para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento,
inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;
Que el Coordinador del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,
expidió el Certificado
de Disponibilidad
Presupuestal
Número 29 del 02 de enero de 2008,
mediante el cual se certifica que en el presupuesto del Ministerio existe una partida por $42.000
millones disponible y libre de afectación presupuestal;
DECRETA
Artículo 1°. Contracredítense
los saldos no comprometidos
en el presupuesto de gastos del
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en la suma de CUARENTA Y DOS MIL MILLONES
DE PESOS ($42.000.000.000)
M/CTE para la vigencia fiscal de 2008 en los rubros y cuantías que
a continuación se relacionan:
CONTRACREDITOS
SECCION 1701
MINISTERIO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL
UNIDAD 170101 - GESTION GENERAL
........------------------- ..----------- .•....•--------------------_ ..----.._-------_ ..----------------- ..-------------------------------------------------------------------
CT A SUBC OBJO ORD SUBOR REC
CONCEPTO
VALOR
PRO SUBP
PROY
REC
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
A. FUNCIONAMIENTO
42.000.000.000
3
TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
42.000.000.000
3
5
MESADAS PENSIONALES
10
RECURSOS CORRIENTES
42.000.000.000
TOTAL CONTRACREDITOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA
42.000.000.000Decreto ,No. '
0'9,3
de
Hoja No. 3 de 4
Continuación del Decreto "Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación
para la vigencia fiscal de 2008"
Artículo
2°. Con base en los contracréditos del artículo anterior, acredítense los gastos del
Ministerio de la Protección Social y del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de
Colombia,
en
la suma
total
de CUARENTA
y DOS
MIL
MILLONES
DE PESOS
($42.000.000.000)
M/CTE para la vigencia fiscal de 2008 en los rubros y cuantías que a
continuación se relacionan:
CREDITOS
SECCION 3601
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
UNIDAD 360101 - GESTION GENERAL
--....•..••.•.--------------------- ...•..•.-------------- ...•.-------
-•..•.-----_
-----------_ ..__ ..•...--------------------- -----..------------_ ....•.•..•....---------_ __.•....--------
CT A SUBC OBJG ORD SUBOR REC
CONCEPTO
VALOR
PRO SUBP
PROY
REC
-----....•.-..•----------- .....•--------- ...--------- ..•.•.---------------------------- .•.---------------------------------------------------------
.•.
A. FUNCIONAMIENTO
41.238.824.116
3
TRANSFERENCIAS
CORRIENTES
41.238.824.116
3
5
40
FONDO DE PENSIONES PUBLICAS DEL
NIVEL NACIONAL - PENSIONES INCORA
10
RECURSOS CORRIENTES
41.238.824.116
TOTAL CREDITOS
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
41.238.824.116
SECCION 3605
FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES
NACIONALES DE COLOMBIA
UNIDAD 360503 - PENSIONES
-----_ •..•.....•.•. ---------_ .•.-..- ----------------- .•--------_ -..----------- ..-- -..--------------------- ----..------------------------- ..----.•.-.•.------------------------
eTA SUBC OBJG ORD SUBOR REC
CONCEPTO
VALOR
PRO SUBP
PROY
REC
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
A. FUNCIONAMIENTO
761.175.884
GASTOS DE PERSONAL
669.175.884
O
2
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
10
RECURSOS CORRIENTES
172.000.000
O
999
PAGO PASIVOS EXIGIBLES
VIGENCIAS EXPIRADAS
10
RECURSOS CORRIENTES
497.175.8840'93
Decreto No.
de
Hoja No. 4 de 4
Continuación del Decreto "Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación
para la vigencia fiscal de 2008"
3
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
92.000.000
3
5
3
34
PRESTACIONES CONVENCIONALES
10
RECURSOS CORRIENTES
92.000.000
TOTAL CREDITOS
FONDO DE PASIVO SOCIAL DE
FERROCARRILES
NACIONALES DE COLOMBIA
761.175.884
TOTAL CREDITOS
42.000.000.000
ARTICULO 3°.
Con el propósito de efectuar los ajustes necesarios en el Sistema Integrado de
Información Financiera-SIIF Nación, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, adecuará los procedimientos
correspondientes
al
registro y operatividad de la información presupuestal de 2008, que se derive de la adopción del
presente decreto.
ARTICULO 4°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos
fiscales a partir del 1o de enero de 2008.
PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
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Dado en Bogotá D.C., a los
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