Decreto No. 1001
REPÚBLICA DE COLOMBIA
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MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚM~Rol O O 1
DE 2009
24 MAR2}J09
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Por el cual se haceefe¡ctiva una sanci&./'I:;alsc.Jl¡ifinaria
imRuesta
al
Ex ~Gobernadordel
DeRaÍ'tárrfento del Meta
EL PRESIDENTE DE LA~EPUBLlCADECOLOMBIA,
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 172
734 de 2002, y,
CONSIDERANDO:
Que el DesRacho del Viceprocurador General de la Nación, mediante providencia de primera
instancia del 18 de octubre de 2007, proferida dentro de lainve$tigación
disciplinaria No. 154-
111646-2004,
impuso sanción disciplinaria de destituci&n e. inhabilidad para el ejercicio de
funciones públicas por el términode
diez (10) años, al señorEDILBERTO
CASTRO RINCON,
identificado con la C.C No. 79.152.534 de Usaquén, en su condición de Gobernador del
Departamento del Meta.
Que mediante providencia del 19 de diciembre
de 2008, el DesRacho del Procurador General
de la Nación resolvió el recurso de apelación inter¡:>uesto por el disciplinado, confirmando la
sanción impuesta.
Que según cgnstancia suscrita por la secr~taria
de la procuraduría
Auxiliar de fecha 6 de
febrero de 20~9,
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Que conforme al articulo 172 de la Ley '734.de 200~,
corresponde a'iPre$idenfe de la República
hacer efectivas las sanciones disciplinarias que seijmpongan a los Gobernadores y Alcaldes de
Distrito.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
República da cumplimiento
a una sanción a instancias de autoridad competente,
son de
ejecución' y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
ICC 1
DECRETO NÚMERO
DE
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Continuación
del decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria
impuesta al Gobernador
del
Departamento
del Meta"
Hoja No. 2
DECRETA:
ARTICULO
PRIMERO:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Despacho del Viceprocurador
General de la Nación, mediante providencia de primera
instancia del 18 de octubre de 2007,
proferida dentro de la investigación disciplinaria No. 154-111646-2004,
y confirmada por el
Despacho del Procurador General de la Nación, según providencia del 19 de diciembre
de
2008, hágase efectiva la sanción disQiplinaria de destitución e johabilidad para el ejercicio de
funciones públicas por el términode);J1E!.~(1Q) años, al
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rL~ERTO
CASTRO RINCON,
identificado con la C.C No. 79'~i5~f~~~b.
de Usaquén,
.oMición
de Gobernador del
Departamento del Meta.···
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ARTICULO SEGUNDO: El presente Decret()i.H~e.aipáltihje
la fecha de stJe-xpedfcióQ.y contra
él no procede recurso alguno, de conformidaacol}
el artículo 49 del Código Contencioso
Administrativo ...
El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA,
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FABIO VALENCIA
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