Decreto No. 1109
DE COLOMBIA
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DECRETO
NÚMERO
11ti 9
DE 2008
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Por el cual se designa Ministro de Comercio, Industria y Turismo Ad - Hoc
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 1, del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923 y,
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros en sesión del 25 de febrero de 2008, con fundamento en el
principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de
1923, aceptó el impedimento
manifestado
por el señor Ministro de Hacienda y Crédito
Público, doctor LUIS GUILLERMO PLATA PAEZ, para conocer y decidir todos los asuntos
que tengan relación con las empresas del sector textilero en las cuales su cónyuge realice
actividades relacionadas con el mencionado sector.
Que el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o
cuyo impedimento
fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento
del negocio
será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera
de los ministros del despacho.
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO.- Nómbrase como Ministro de Comercio, Industria y Turismo Ad -
Hoc al doctor JUAN LOZANO
RAMíREZ,
Ministro de Ambiente,
Vivienda
y Desarrollo
Territorial, para conocer y decidir todos los asuntos que tengan relación con las empresas
del sector textilero.
ARTíCULO SEGUNDO.-. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNíQUESE,
PUBlÍQUESE
y CÚMPLAS.~
Dado en Bogotá D,C., a los
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