Decreto No. 1129
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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOC ~vill!o
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DECRETO NÚMEReY
11Z 9
DE 2 ~
( 31 MAR2009
Por el cual se prorroga la vigencia de la planta de personal del Grupo Interno de Trabajo
para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, especialmente
las conferidas
por el numeral 14 del articulo 189 de la Constitución Política y el articulo 115 de la Ley
489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-ley
No. 1689 de 1997 dictado con base en la Ley 344 de 1996, en su
articulo 6° preceptuó
"Atención de los procesos
de carácter laboral.
Con el objeto de
garantizar la adecuada representación
y defensa del Estado, la atención de los procesos
judiciales y demás reclamaciones
de carácter laboral a cargo del Fondo -del Pasivo Social
de la Empresa
Puertos
de Colombia-
serán asumidos
por la Nación
-Ministerio
de
Trabajo", hoy Ministerio
de la Protección
Social, estas últimas para ser canceladas
a
través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, FOPEP. A su vez, mediante
Resolución No. 3137 de 1998 se creó el Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del
Pasivo Social de Puertos de Colombia,
con el fin de cumplir lo dispuesto
en el citado
decreto, y con fundamento
en éste, se profirieron posteriormente
las resoluciones
Nos.
00219,00002,03133
de 2000,2003
Y 2005, respectivamente.
Que el artículo 9° del Decreto 207 de 2003, señala:
"En la planta
del Despacho
del
Ministro que se establece mediante el presente Decreto están incluidos noventa y nueve
(99) cargos correspondientes
a la planta adicional creada mediante Decretos 2260 y 2604
de 1998 y 1376 de 1999, para el cumplimiento de las funciones asignadas en relación con
el Fondo del Pasivo Social de Puertos de Colombia, la cual es de carácter transitorio
hasta el23
de diciembre de 2003, conforme lo establece el artículo 1° del Decreto 3216
del 27 de diciembre
de 2002 y podrá disminuirse progresivamente
de acuerdo con las
necesidades
del servicio.
En tal virtud, el Ministerio
de la Protección
Social evaluará
periódicamente
el desarrollo
de la misión
de esta planta
adicional
para
decidir
la
supresión paulatina de los empleos que sean innecesarios".
Que mediante decretos Nos. 4311 de 2004, 4646 de 2005, 4661 de 2006, 4896 de 2007 y
3847 de 2008, se ha prorrogado la vigencia de la planta de personal del Grupo Interno de
Trabajo, Gestión Pasivo Social Puertos de Colombia, siendo esta última hasta el 31 de
marzo de 2009.
Que no obstante la labor desarrollada por el Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del
Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, durante el último trimestre de 2008 y
el primero de 2009, hay actividades pendientes de cumplir, tales como:
1.- La defensa
de
la Nación
y el erario,
en
los procesos
penales,
laborales
y
\~\.
administrativos
que cursan en diferentes despachos judiciales del pais.
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2.- Terminar las actuaciones
administrativas
de revisiones integrales de pensión e iniciar
las que sean necesarias, con el fin de ajustar el monto de la prestación a la legalidad, asi
como resolver
peticiones
de reconocimiento
de pensión
de jubilación,
sobrevivientes,
recursos,
acrecimientos
y códigos
de control, que estén pendientes
o que se vayan
presentando.
3.- Ajustar las pensiones que correspondan,
por aplicación de los fallos proferidos por loDECRETO NÚMERO
O 1129
DE 2009
HOJA No _2
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga la vigencia de la planta de personal del
Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia"
------------------~-----------------------------------------------------------------------------------------------------------_
..-------
Juzgados
Primero
y Segundo
Penales
del Circuito
de Bogotá,
FONCOlPUERTOS-
Cajanal,
que
declararon
sin efectos
jurídicos
actas
de conciliación
y resoluciones
suscritas entre otros, por lUIS
HERNANDO
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
y SALVADOR
ATUESTA BLANCO.
4.-
Estudiar
las
actas
de
conciliación
que
reconocieron
y
ordenaron
pagos
por
prestaciones
laborales
a extrabajadores
de Puertos de Colombia y sus apoderados,
a
solicitud de la Fiscalia
General
de la Nación, a fin de que sirvan de soporte
para la
suspensión de los efectos jurídicos y económicos de dichos titulas.
5.- Continuar el estudio y sustanciación
de las reclamaciones
contenidas en los turnos del
Orden Secuencial de Pagos, de conformidad con lo establecido en los artículos 6° y 8° del
Decreto NO.1211 de 1999.
6.- Efectuar
la recolección
y registro
de la información
relacionada
con Puertos
de
Colombia y de
FONCOlPUERTOS,
a fin de suministrarla
en forma organízada
al ente
que asuma las funciones
después
de terminado
el Grupo
Interno de Trabajo
para la
Gestión del Pasivo Social de Puertos de Colombia, en los términos
y condiciones
que
determine el Gobierno Nacional.
Que con el fin de establecer
las metas de cada una de las actividades
mencionadas
anteriormente,
el Coordinador
del Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo
Social de Puertos de Colombia deberá presentar al Comité de Apoyo Técnico, Jurídico y
de Seguimiento,
dentro de los quince (15) días siguientes
a la expedición
del presente
decreto un cronograma
para el desarrollo de las anteriores actividades.
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO. Modificar el artículo 1 del Decreto No. 3847 de 2008, en el sentí do
de prorrogar
hasta el 31 de diciembre
de 2009, la vigencia
de la planta de personal
adicional del Despacho del Ministro de la Protección Social, creada mediante el Decreto
No. 2260 de 1998 y modíficada por tos decretos Nos. 2604 de 1998, 1376 y 2567 de 1999
y 207 de 2003, y que conforma el Grupo Interno de Trabajo para la Gestión del Pasivo
Social de la Empresa
Puertos de Colombia,
debiéndose
efectuar
una evaluación
del
resultado de su gestión.
ARTíCULO SEGUNDO.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
31 MAR200
Dado en Bogotá D.C., a los
El Ministro
de Hacienda
y Crédito Público,
ZULUAGA ESCOBART
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DECRETO NÚMERO'
J"
Ji. L
. DE 2009
HOJA No ~
Continuación del Decreto
"Por el cual se prorroga
la vigencia
de la planta
de
personal
del Grupo
Interno de Trabajo
para la Gestión
del Pasivo
Social
de
Puertos de Colombia"
------------.-------------._----------._--------_.-------------._----------.------------._----------------------------------------------El Ministro de la Protección Social
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DIEGO
BETANCOURT
La Directora Departamento
Administrativo
de la Función Pública
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~
ELlZABETH RODRíGUEZ TAYLOR