Decreto No. 1252
DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO
•
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA
DECRETO NÚMERO
DE 2009
e 1 52
_L e,
(
14 ABR 2009
Por el cual se dictan disposiciones en materia de auxilio de transporte para los servidores de la
Rama Judicial, la Fiscalía General de la Nación y la Justicia Penal Militar.
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 1225 DE 2009,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a, de 1992,
DECRETA:
ARTICULO 1°,
Los servidores
públicos de la Rama Judicial,
la Fiscalía General de la
Nación y la Justicia Penal Militar, que perciban una remuneración
mensual hasta de novecientos
noventa y ocho mil trescientos ochenta pesos ($998.380) m/cte, tendrán derecho a un auxilio de
transporte
en la cuantía
que establezca
el Gobierno
para
los trabajadores
particulares
y
empleados y trabajadores del Estado, sin perjuicio del auxilio especial de transporte dispuesto en
los Decretos 722, 723, 729 Y 730 de 2009.
No tendrán derecho a este auxilio los servidores
públicos que se encuentren
en disfrute de
vacaciones o en uso de licencia, suspendidos en el ejercicio del cargo, o cuando la entidad
suministre el servicio.
ARTICULO 2°,
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en
lo pertinente los Decretos 722, 723, 729 Y 730 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 1° de
enero de 2009.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los
(
~~
14ABR2D09
~'
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA,
/~~Vfo~
~('
~
FABIO VALENCIA COSSIO
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
¡,¡ ELlZABETH RODRIGUEZ TAYLOR
v