Decreto No. 1261
DE COLOMBIA
•
Libertad y Orden
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
"
1261
DECRETO NÚMERO'
DE 2009
( 1 5 ABR2009
EL MINISTROWÉt!
~kYú~VS~s:vm-~~<rI~tArw~?efDE
COLOMBIA,
DELEGATARIO
DE FUNCIONES PRESIDENCIALES,
EN VIRTUD DEL DECRETO
1225 DEL 13 DEABRIL
DE 2009
Enejercicio de susfacultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren, el artículo 161del Decreto 960 de 1970,
el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,los artículos 61 y 66 del Decreto
Reglamentario 2148 de 1983y
CONSIDERANDO
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de
notario en propiedad deba proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó
a
Concurso Público y Abierto
para el Nombramiento
de Notarios en
Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial. para proveer en propiedad
el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 167 de 2008, el Consejo Superior conformó la
Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los
Departamentos de Caldas, Cauca, Huila, Nariño, Quindío, Risaralda y
Valle,
la cual fue conformada
por círculo notarial. con los nombres y
documentos de identidad de quienes en estricto orden descendente,
obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la suma de las
calificaciones
correspondientes a las distintas fases del concurso, de
acuerdo
con el mínimo fijado
para la integración
de las listas de
elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y artículo 19 del
Acuerdo 01 de 2006).
Que
la
designación
de
los
Notarios
de
Primera Categoría
es
competencia del Gobierno Nacional.
Que el Doctor JOSEMANUELCANTERORECIO,identificado con la cédula
de ciudadanía No. 14.981.500,aspirante a Notario Segundo del Círculo
de Buenaventura (Valle), obtuvo un puntaje tO}ql de 73.0666667puntos,
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resultando elegible en ese círculo notarial .
.-el
,Continuación del Decreto "por el cual se designa un Notario en propiedad" Hoja No. 2
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO: Nómbrese en propiedad, al Doctor JOSE MANUEL
CANTERO RECIO, identificado
con
la cédula
de
ciudadanía
No.
14.981.500,como Notario Segundo del Círculo de Buenaventura (Valle).
ARTíCULO SEGUNDO: Para tomar posesión de este cargo, el designado
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la
documentación de ley.
ARTíCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBLlQUESE,COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
1 5 ABR2009
~~~~
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El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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BIO VALENCIA COSSI~
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