Decreto No. 134

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REPUBlICA DE COLOMBIA<br /> "<br /> DECRETO No. 134<br /> ( 2 <b>O[HE 2009</b><br /> Por el cual se dictan disposiciones<br /> en materia salarial y prestacional para los empleados públicos de<br /> la Empresa Colombia de Gas - ECOGAS<br /> <b>EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,</b><br /> en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a de 1992,<br /> D E C R E T A:<br /> <b>ARTICULO </b>1°.<br /> A partir del 10 de enero de 2009, la remuneración mensual del Presidente de la<br /> Empresa Colombiana de Gas -ECOGAS,<br /> será la que corresponde <i>al </i>grado 21, de la <i>escala salarial </i>del<br /> nivel Directivo fijada para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder público en el orden<br /> nacional.<br /> El Presidente de la Empresa Colombiana de Gas -ECOGAS,<br /> podrá percibir, en los mismos términos y<br /> condiciones, la prima<br /> técnica a que se refiere el decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo<br /> modifiquen o adicionen.<br /> <b>ARTICULO </b>2°.<br /> A partir del 10 de enero de 2009! la remuneración mensual del Jefe de Control<br /> Interno de la Empresa Colombiana de Gas -ECOGAS,<br /> será la que corresponde al grado 18, de la<br /> escala salarial del nivel Directivo fijada para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder<br /> público en el orden nacional.<br /> <b>ARTICULO </b>3°.<br /> Los empleados públicos de la Empresa Colombiana de Gas -ECOGAS,<br /> tendrán<br /> derecho, en los mismos términos y condiciones, al reconocimiento y pago de los factores de salario y<br /> prestaciones sociales establecidos para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder público<br /> en el orden nacional.<br /> <b>ARTICULO </b>4°.<br /> El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación,<br /> deroga el decreto<br /> <b>2 OENE</b><br /> 2836 de 1997 y demás normas que le sean, contrarias.<br /> <b>PUBLlQUESE y CUMPLASE</b><br /> <b>.</b><br /> Dado en Bogotá..-D. c.<br /> El Ministro de Hacienda y Crédito Público<br /> El Ministro de Minas y Energía<br /> La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública