Decreto No. 1481
DE
Por medio del cual se promulga el "CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACiÓN DE RUSIA
SOBRE COOPERACiÓN Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE SUS AUTORIDADES
ADUANERAS", firmado en Moscú el 28 de abril de 2004,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución PoHtica
de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que 'la Ley 71 del 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los
Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales
aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no
hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de
ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad
equivalente;
Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y
convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internaciona1que ligue a
Colombia;
Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1120 del 28 de diciembre de 2006, publicada en
el Diario Oficial No. 46.496 del 29 de diciembre de 2006, aprobó el "Convenio entre el
Gobierno de la' República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre
Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmado en Moscú el
~\\
28 de abril de 2004;
Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-718 del 11 de septiembre de 2007, declaró
exequible la Ley 1120 del 28 de diciembre de 2006 y el "Convenio entre el Gobierno de la
República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación
y
Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmadp en Moscú ~I
28 de abril de
2004DECRETO NÚMERO
,.,-_JA.8.L DE
_
Hoja número 2
Continuación
del Decreto por medio del cual se promulga el "Convenio entre el
Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia
sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmado
en Moscú el 28 de abril de 2004;
Que mediante Nota OAJ.CAT No.57971 del 19 de noviembre de 2007 el Gobierno
Nacional informó el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la entrada en vigor
del citado Convenio, y en el mismo sentido lo hizo la Federación Rusa mediante la Nota
Verbal NQ 37 del 28 de marzo de 2008. En consecuencia, el citado instrumento
internacional entrará en vigor a partir del 28 de abril de 2008 de acuerdo a lo previsto en su
artículo 21;
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO: Promúlgase el "Convenio entre el Gobierno de la República de
Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua
entre sus Autoridades Aduaneras': firmado en Moscú el 28 de abril de 2004;
(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio entre el
Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre
Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras~
firmado en' Moscú el
28 de abril de 2004);
ARTíCULO SEGUNDO:
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C.,
los
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FERNANDO ARAÚd6 P~RDOMO
Ministro de Relaciones Exteriores
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