Decreto No. 1533
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República de Colombia
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Ubertod y Orden
Ministerio
de Hacienda y Crédito Público
Decreto Número 153 3
de
9 iViAVlaUI
Por el cual se modifica el Decreto 4030 de 2006, modificado por el Decreto 1538 de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial de las previstas en los
numerales 11 y 24 del artículo 189 de la Constitución Política, el inciso segundo del artículo 98 de
la Ley 795 de 2003 y el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
DECRETA
Artículo
1. Modificase el inciso cuarto del artículo 1 del Decreto 4030 de 2006, el cual quedará
así:
"En todo caso, el acuerdo requerirá para su validez del voto favorable de por lo menos el 51% del
monto de las acreencias internas,"
Artículo 2. Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 1 del Decreto 4030 de 2006:
"Parágrafo
tercero.
Cuando el plan de reactivación de la entidad contemple la fusión o la
incorporación con otra entidad y este sea aprobado en los términos establecidos en el presente
artículo, no será necesario realizar una nueva asamblea para efectos de la aprobación prevista en
el artículo 32 de la Ley 79 de 1988, siempre que dicha decisión haya sido adoptada con las
mayorías y demás requisitos establecidos en esta última norma,"