Decreto No. 164
DE COLOMBIA
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DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA PRESIDENCIA: ..•-----
DECRETO NÚMERO
1640E
2010
(
Por el cual se crea una Comisión Intersectorial denominada
"Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por
los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 45 de la
Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que a través del articulo 2° del Decreto 1182 de 1999, se transforma la Dirección Nacional
para la Equidad de la Mujer, en la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer -
CPEM.
Que de acuerdo con el Decreto 519 de 2003, la Consejería
Presídencial,
tiene como
funciones, entre otras, la de impulsar la incorporacíón de la perspectiva de género en la
formulación
y gestión de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo por
parte de todas las entidades públicas, sectoriales y territoriales, así como formular, diseñar
y ejecutar programas y proyectos específicos dirigidos a mejorar la calidad de vida de las
mujeres, especialmente
las más pobres y desprotegidas,
en orden a lograr un mejor
acceso a las oportunidades, recursos y beneficios del desarrollo económico y social.
Que mediante la Ley 1009 de 2006 se creó con carácter permanente el Observatorio de
Asuntos de Género (OAG), el cual estará a cargo del Departamento Administrativo
de la
Presidencia de la República a través de la Consejería Presidencial para la Equidad de la
Mujer como mecanismo
de seguimiento,
el cual tiene entre otras funciones,
investigar,
documentar, sistematizar, analizar, visibilizar, desde la perspectiva de género, la situación
de las mujeres cuando se compara con la de los hombres, hacer el seguimiento
a la
aplicación
de
normas
nacionales
e
internacionales
vigentes,
a
fin
de
formular
recomendaciones
que contribuyan a eliminar las discriminaciones
y la violencia contra las
mujeres y a superar la falta de equidad de género en Colombia.
Que el Gobierno Nacional sancionó la Ley 1257 del 4 de diciembre de 2008, "Por la cual
~
se dictan
normas de sensibilizacíón,
prevención
y sanción
de formas
de violencia
y
discriminación
contra las mujeres (... )", que contiene los principios que guían las acciones
para garantizar a todas las mujeres una vida libre de violencia tanto en el ámbito públíco
como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico
interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su
protección
y atención
y la adopción
de las políticas
públicas
necesarias
para su
realización.DECRETO NUMERO
164 DE
HOJA No._
2
Continuación
del Decreto
"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial
denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"
Que la Ley 1257 de 2008 en el artículo 6° numeral 1° consagra el principio de igualdad
real y efectiva; disponiendo
que corresponde al Estado, diseñar, implementar
y evaluar
políticas públicas para lograr el acceso de las mujeres a los servicios y el cumplimiento
real de sus derechos.
Que el numeral 6 del artículo mencionado incorpora el principio de coordinación, según el
cual todas las entidades que tengan dentro de sus funciones la atención a las mujeres
víctimas de violencia deberán ejercer acciones coordinadas
y articuladas
con el fin de
brindarles una atención integral.
Que en virtud de la norma mencionada
es obligación
del Gobierno
Nacional formular,
aplicar
y actualizar
estrategias,
planes
y programas
nacionales
integrales
para
la
prevención y la erradicación de todas las formas de violencia contra la mujer.
Que la Consejería Presidencial
para la Equidad de la Mujer ha implementado
acciones
nacionales para hacer frente a las diversas formas de violencia contra la mujer, de manera
particular el Programa Integral contra la Violencia Basada en Género y el Plan Estratégico
para la Defensa de los Derechos de la Mujer ante la Justicia en Colombia,
cuyos
resultados
serán
incorporados
en
los planes
nacionales,
programas
o estrategias
integrales que formule el Gobierno Nacional.
Que ante las circunstancias actuales de violencia que vive la mujer con profundos grados
de afectación física, sicológica
y económica,
se hace necesaria una alianza entre las
instituciones con el fin de prevenir, erradicar, sancionar y garantizar la atención integral a
mujeres victimas de cualquier tipo de violencia.
Que reconociendo los compromisos internacionales del Estado Colombiano para promover
el adelanto de las mujeres, la igualdad de oportunidades
entre hombres y mujeres,
la
erradicación
de la Violencia contra las Mujeres
en el Sistema Universal, los Sistemas
Regionales de Derechos Humanos, y de igual forma, resaltando
los compromisos
del
Estado en desarrollo de la Agenda Internacional para el adelanto de la Mujer en especial,
la Resolución 2322 de la Asamblea General de la OEA, aprobada en el año 2007 durante
en el trigésimo séptimo período ordinario de sesiones en la ciudad de Panamá, mediante
la cual se proclama el Año 2010 como el Año Interamericano de las Mujeres,
se deberá
propender por un marco de colaboración entre las entidades para coordinar y desarrollar
las actividades en cumplimiento a los compromisos adquiridos, y
Que dado el marco normativo y político internacional y nacional con fuerza vinculante para
el
Estado
Colombiano,
se
hace
necesario
conformar
una
comisión
intersectorial
denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", de
carácter especializado
y del más alto nivel gubernamental,
independientemente
de las
obligaciones
legales y constitucionales
que cada entidad,
integrante
de la comisión
intersectorial, debe cumplir en materia de prevención y protección de derechos humanos
en general y particular sobre los derechos de las mujeres.
DECRETA:164
DECRETO NUMERO
DE
2010
HOJANo._3
Continuación
del Decreto
"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" .
ARTíCULO
2°.
INTEGRACiÓN.
La Comisión
Intersectorial denominada
"Mesa
Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" estará conformada por:
1) El Ministro(a) del Interior y de Justicia o su delegado(a),
2) El Ministro(a) de Relaciones Exteriores o su delegado(a),
3) El Ministro(a) de Defensa Nacional o su delegado(a),
4) El Ministro(a) de la Protección Social o su delegado(a),
5) El Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado(a),
6) El Ministro(a) de Tecnologias de la Información y las Comunicaciones o su
delegado(a),
7) El Ministro(a) de Cultura o su delegado(a).
8) El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República quien
podrá delegar en la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer,
9) El Director(a) del Departamento Nacional de Planeación (DNP) o su delegado(a),
10)EI Director(a) de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación
Internacional o su delegado(a), entidad adscrita al Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República
.
11) El Director (a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF o su delegado(a),
entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social
PARÁGRAFO
1.- INVITADOS OCASIONAlES.-
La "Mesa Interinstitucional
para
Erradicar la Violencia contra las Mujeres" podrá invitar a entidades, organizaciones o
personas que considere pertinentes para el desarrollo de sus funciones, según lo
establecido por el quórum decisorio.
PARÁGRAFO 2. -INVITADOS
PERMANENTES.- Teniendo en cuenta la estructura de la
Fuerza Pública, se prevé como invitados permanentes, un representante del Comando
General de las Fuerzas Militares y de la Dirección General de la Policia Nacional, como
instituciones que hacen parte del Ministerio de Defensa Nacional. De igual forma podrán
participar como invitados permanentes delegados de las otras entidades que integran la
"Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", que se estimen
pertinentes según lo establecido por el quórum decisorio.
PARÁGRAFO 3. - Todos los invitados tanto ocasionales como permanentes tendrán voz
pero no voto.
ARTíCULO 3°, FUNCIONES. La "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra
las Mujeres" tendrá las siguientes funciones:
a) Servir como instancia de coordinación y articulación interinstitucional
para
coadyuvar a la erradicación de la violencia contra las mujeres en las diferentes
etapas del ciclo vital.
b) Revisar y aprobar el Plan de Acción Plurianual consolidado por la Secretaria
Técnica.
e) Impulsar y apoyar el desarrollo de las actividades que se programen durante el año
2010 para conmemorar el Año Interamericano de las Mujeres.
d) Aprobar el protocolo de coordinación interinstitucional propuesto por la Secretaría
Técnica, para su difusión e implementación.
e) Promover la difusión de la normatividad nacional y demás normas e instrumentos
internacionales sobre la violencia contra la mujer.DECRETO NUMERO t 64 DE
2010
HOJANo._4
Continuación
del Decreto
"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"
f)
Dar lineamientos
para la reglamentación
de la normatividad
nacional dirigida a
combatir la violencia contra la mujer.
g} Proponer,
ajustar
o
reformular
a
partir
de
estándares
internacionales,
los
indicadores
sobre la
violencia contra la mujer, que manejen las entidades
que
integran la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres", si
los tuvieren.
h} Dar
lineamientos
y
recomendaciones
con
respecto
a
las
campañas
de
sensibilización
y capacitación,
llevadas a cabo por las diferentes
entidades
con
competencia en el tema.
i}
Promover
la inclusión de la perspectiva
de género en los planes de desarrollo
departamentales
y municipales,
adoptando dentro de los mismos un capítulo de
prevención y atención para las mujeres víctimas de la violencia en las diferentes
etapas del ciclo vital que incluya todos los enfoques diferenciales.
j)
Promover la conformación de espacios o "Mesas Departamentales
para Erradicar la
Violencia
contra
las Mujeres",
o el fortalecimiento
de las instancias
existentes
alrededor del tema.
k) Promover un sistema de registro unificado de casos de Violencia contra la Mujer.
1) Adoptar las decisiones de acuerdo al quórum establecido.
m) Elegir a la Secretaría Técnica.
n} Revisar y aprobar los informes consolidados por la Secretaria Técnica, requeridos
por el Congreso de la República, el Gobierno Nacional u otras entidades.
o) Promover
acuerdos
de colaboración
con otras
instancias
que
promueven
el
adelanto de la mujer y la igualdad de género tales como: la Comisión Accidental de
Mujeres en el Congreso o la que haga sus veces;
la Comisión Nacional de Género
de la Rama Judicial; el Comité de Seguimiento a la Ley 1257 de 2008; el Comité
Interinstitucional
de Lucha contra la Trata de Personas; el Sistema Nacional de
Atención
Integral
a la Población
Desplazada
(SNAIPD);
la Mesa
de Género
Intergremial, entre otras.
p} Dictar su reglamento interno.
q} Desarrollar
todas las demás actividades
que considere
pertinentes
y que sean
inherentes a su naturaleza.
ARTíCULO
4°. COMPROMISOS
GENERALES
DE LAS ENTIDADES.
Las entidades que
forman
parte de la Comisión
Intersectorial
denominada
"Mesa
Interinstitucional
para
Erradicar la Violencia contra las Mujeres" se comprometen a:
a) Delegar un representante
permanente de alto nivel, con capacidad de decisión y
que pueda realizar un seguimiento a los compromisos
adquiridos por la entidad en
las deliberaciones.
b} Proporcionar
en
forma
oportuna
la
información
requerida,
acorde
con
sus
competencias y funciones.
e) Identificar
herramientas,
instancias
e
instrumentos
para
la
articulación
y
coordinación
con las entidades en el ámbito territorial que tengan a su cargo, el
ejercicio de las actividades y funciones administrativas
o la prestación de servicios
públicos del Estado Colombiano,
con el fin de dar cumplimiento
a las decisiones
~
adoptadas
por la "Mesa Interinstitucional
para Erradicar
la Violencia
contra las
~
Mujeres".
ARTíCULO 5°. SECRETARíA
TÉCNICA. - La Comisión Intersectorial
denominada "Mesa
Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" contará con el liderazgo,
apoyo y soporte técnico de una Secretaría Técnica, que será rotativa y estará conformada
por una de las entidades
que integran
la "Mesa
Interinstitucional
para Erradicar
la
! Violencia contra las Mujeres".
~
1/DECRETO NUMERO 164 DE
2010
HOJANo._
5
Continuación del Decreto "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia
contra las Mujeres"
PARÁGRAFO, A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, y durante el primer
año la Secretaría Técnica estará a cargo de la Consejería Presidencial para la Equidad de
la Mujer.
ARTíCULO
6°, FUNCIONES
DE LA SECRETARíA
TÉCNICA,
La Secretaría
Técnica
cumplírá las siguientes funciones:
a) Dirigir y liderar las reuniones y deliberaciones
de la "Mesa Interinstitucional
para
Erradicar la Violencia contra las Mujeres";
b) Realizar las convocatorias y coordinar las reuniones ordinarias y extraordinarias
de
la "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres";
e) Preparar,
recopilar
y presentar
a la "Mesa
Interinstitucional
para Erradicar
la
Violencia contra las Mujeres" la información y documentación
que será sometida a
su consideración, como orden del día;
d) Elaborar las actas de las reuniones y hacer seguimiento
al cumplimiento
de las
decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos;
e) Impulsar la ejecución de las decisiones que adopte la "Mesa Interinstitucional
para
Erradicar la Violencia contra las Mujeres";
f)
Consolidar en coordinación
con el Observatorio
de Asuntos de Género (OAG) a
cargo del Departamento Administrativo
de la Presidencia de la República, a través
de la Consejeria Presidencial para la Equidad de la Mujer, los informes requeridos
en relación con los temas de violencia contra la mujer, y someterlos a revisión y
aprobación
de la "Mesa interinstitucional
para Erradicar
la Violencia
contra las
Mujeres
g) Consolidar
el proyecto de cronograma
anual de trabajo y plan de acción para
aprobación
de la "Mesa Interinstitucional
para Erradicar
la Violencia
contra las
Mujeres";
h) Presentar el informe anual de la implementación y diseño del Plan de Acción;
i)
Proponer
el orden de atención
de la asistencia
técnica
que se brinde a las
entidades territoriales en colaboración con las mesas temáticas que se definan por
la mesa.
D Elaborar y mantener actualizado
un
inventario
de
la
oferta
de
servicios
Institucionales
existentes a nivel nacional que coadyuven a erradicar la violencia
contra la mujer.
k) Las demás funciones que sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico o
que le sean asignadas por la "Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia
contra las Mujeres", y que esté en el ámbito de las competencias de la entidad que
la represente.
ARTíCULO 7°, SESIONES,
La "Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra
las
Mujeres",
tendrá
carácter
permanente
y
deberá
reunirse
de
forma
ordinaria
bimestralmente,
con
participación
de
las entidades
integrantes,
y podrá
reunirse
extraordinariamente
cuando sus miembros lo consideren pertinente, previa convocatoria
realizada por la Secretaría Técnica.
ARTíCULO
SO, QUORUM
DECISORIO,
La "Mesa Interinstitucional
para Erradicar
la
Violencia contra las Mujeres" deliberará con la asistencia comprobada de la mitad más uno
de sus miembros y tomará decisiones con el mismo quórum.
ARTíCULO 9°, DOMICILIO. La "Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia contra
las Mujeres", sesionará en la ciudad de Bogotá, D. C., pero podrá celebrar reuniones en
cualquier lugar del país, cuando así lo dispongan sus miembros para el cumplimiento /)]
~
s s funciones y tareas y previa acta de reunión en que se apruebe el desplazamiento.
o/DECRETO NUMERO 164 DE
2010
HOJANo._6
Continuación
del Decreto
"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial
denominada
"Mesa lnterinstitucional
para Erradicar la Violencia contra las Mujeres"
ARTíCULO 10°. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE 2 5
Dado en Bogotá, D. C., a los
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Ministro del Interior y de Justiciav7
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VALENCIA COSS~
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U-M.
Ministro de Defensa Nacional,DECRETO NUMERO
1640E
2010
HOJANo._7
Continuación
del Decreto "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial denominada
"Mesa Interinstitucional
para Erradicar la Violencia
contra las Mujeres"
Ministro de la Protección Social,
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DIEGO PALACIO BhANCOURT
Ministro de Educación Nacional,
ECILIA MARíA VÉLEZ WHITE
Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Viceministra de Cultura, encargada
de las funciones del Despacho de la
Ministra de Cultura,
~·~\rl-D
MARIA CLAUDIA LOPEZ S~~NO
Director del Departamento Adminis rativo
de la Presidencia de la República,
B
'O MORENO VILLEGAS
Director Nacional de Planeación,
¿r"
C7-
ESTEBAN PIEDRAHITA URIBE