Decreto No. 170
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REPUBLlCA DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y D~-~"
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TERRITORIAL
"Por el cual se establece el criterio especial de atención prioritaria al que se sujetará el otorgamiento del Subsidio
Familiar de Vivienda de Interés Social con cargo a los recursos para población en situación de desplazamiento",
El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DE lA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
DElEGATARIO
DE FUNCIONES PRESIDENCIALES,
MEDIANTE
..
DECRETOS No. 012- y121 de 2008 : .
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere,
el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Poiítica y en desarrollo de lo establecido en el artículo 17 de la Ley
387 de 1997, 'Y,:]a Ley 3a. de 1991
.1
DECRETA:
I
ARTíCULO PRIMERO: Atención prioritaria: Los hogares postulados y calificados en las convocatorias para el
Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social abiertas por el Fondo Nacional de Vivienda con cargo a los recursos
para población en situación de desplazamiento, que no hayan sido beneficiarios del subsidio, habiendo cumplido
con todos los requisitos establecidos para tal fin, podrán ser atendidos de manera prioritaria hasta completar la
totalidad de la asignación a dichos hogares, de conformidad con el procedimiento que para el efecto establezca el
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Lo dispuesto en el presente artículo operará siempre y cuando exista disponibilidad de recursos y
se de
cumplimiento a las normas del Estatuto Orgánico del Presupuesto.
ARTfCUlOSEGUNDO:
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
PUBlíaUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C. a los
UlUAGA
y CRÉDITO PUBLICO, .
DECRETO NÚMERS>.•~._.i, ,;
170
DE
Hoja No.
2
·Por el cual se establece el criterio especial de atención prioritaria al que se sujetará el otorgamiento del Subsidio
Familiar de Vivienda de Interés Social con cargo a los recursos para población en situación de desplazamiento·,
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J
O LO
O RAMíREZ
MINISTRO DE
E, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
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