Decreto No. 1713
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libertad y Orden
Ministerie de Hacienda y Crédite Públice
Decret. Núr\)er.1713
de 2009
1 4 MAY 2009'
Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con las operaciones realizadas por las entidades
sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia con titulos
valores con espacios en blanco
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas
en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el literal D
del articulo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
DECRETA
Artículo 1. Los titulos con espacios en blanco de que trata el artículo 622 del Código de Comercio,
suscritos con ocasión de la celebración de operaciones activas por parte de las entidades sometidas
a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia en desarrollo de su objeto
principal autorizado por la ley, se consideran titulos valores para todos los efectos, siempre que
cumplan con los requisitos previstos en el Código de Comercio.
Cuando estas entidades dispongan de tales titulos, su importe se establecerá teniendo en cuenta el
saldo de la obligación al momento de la transferencia, según los libros y registros contables y de
conformidad con las instrucciones establecidas por la Superintendencia
Financiera de Colombia,
Dicho valor debe ser certificado por el revisor fiscal de la respectiva entidad financiera.
Artículo 2. El presente decreto rige a partir de su publicaci'
14M
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los
EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,