Decreto No. 1713

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República de Ce¡embia<br /> /<br /> libertad y Orden<br /> Ministerie de Hacienda y Crédite Públice<br /> Decret. Núr\)er.1713<br /> de 2009<br /> 1 <b>4 MAY 2009'</b><br /> Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con las operaciones realizadas por las entidades<br /> sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia con titulos<br /> valores con espacios en blanco<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA<br /> En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas<br /> en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el literal D<br /> del articulo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero<br /> DECRETA<br /> Artículo 1. Los titulos con espacios en blanco de que trata el artículo 622 del Código de Comercio,<br /> suscritos con ocasión de la celebración de operaciones activas por parte de las entidades sometidas<br /> a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia en desarrollo de su objeto<br /> principal autorizado por la ley, se consideran titulos valores para todos los efectos, siempre que<br /> cumplan con los requisitos previstos en el Código de Comercio.<br /> Cuando estas entidades dispongan de tales titulos, su importe se establecerá teniendo en cuenta el<br /> saldo de la obligación al momento de la transferencia, según los libros y registros contables y de<br /> conformidad con las instrucciones establecidas por la Superintendencia<br /> Financiera de Colombia,<br /> Dicho valor debe ser certificado por el revisor fiscal de la respectiva entidad financiera.<br /> Artículo 2. El presente decreto rige a partir de su publicaci'<br /> <b>14M</b><br /> PUBLíQUESE y CÚMPLASE<br /> Dado en Bogotá D.C., a los<br /> EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,