Decreto No. 187
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REPÚBLICA
DE COLOMBIA
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Libertad y Orden
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
187
DECRETO NÚMERO
DE 2008
( 2 3 [ME 2009)
Por el cual se retira un Notario del servicio
EL PRESIDENTEDE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales,
en especial las que le confieren, el numeral 13 del artículo 189 de la
Constitución Política, el artículo 50 del Decreto 2163 de 1970, el artículo
74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983 y,
CONSIDERANDO
Que el doctor Jaime Jordán Mejía, Notario Segundo del Círculo de Cali
(Valle), cumplió 65 años de edad el 19 de junio de 2008, según se infiere
de la copia del registro civil de nacimiento
que reposa en el archivo de la
Superintendencia
de Notariado y Registro.
Que el Decreto 3047 de 1989, establece
como
edad
de retiro forzoso
para los notarios, la de 65 años.
Que de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto 960 de
1970 el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público,
o de la Vigilancia
Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la
ocurrencia de la causal.
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Que por los motivos mencionados
se hace necesario retirar del servicio al
doctor Jaime Jordán Mejía.
Que por lo expuesto,DECRETO NÚMERO
Hoja N°. 2
...;
18'7
Por el cual se retira un Notario del servicio
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO: Retirar del servicio al doctor Jaime Jordán Mejía,
identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.094.586,del cargo de
Notario Segundo del Círculo de Cali (Valle), por cumplimiento de edad
de retiro.
ARTíCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
3.·.EN[ 200
PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPlASh
Dado en Bogotá, D.C., a los
/.
El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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FABIO VALENCIA COSSIO