Decreto No. 1894
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REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO •
DE TRANSPORTE
--
DECRETO
NÚMERol894
•
( 2 2MAY 2009
Por el cual se otorga la "Orden al Mérito Julio Garavito"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas
por el articulo 2° del Decreto 1958 de 1964, modificado
por el Decreto 857 de 1994, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 135 de 1963 estableció la condecoración
"Orden al Mérito Julio
Garavito", destinada a exaltar la labor de los ingenieros colombianos y de las
entidades oficiales o privadas de sobresaliente ejercicio institucional.
Que mediante Decreto 1958 del 31 de julio de 1964, se dictaron los Estatutos de
la "Orden al Mérito Julio Garavito", los cuales fueron modificados por el Decreto
857 del 29 de abril de 1994.
Que es necesario
realzar la labor de los ingenieros
colombianos
que han
prestado señalados servicios a la Nación y al desarrollo del país, a través del
desempeño de altos cargos públicos y privados, de su actividad docente y del
ejercicio profesional.
Que el Consejo de la Orden, al Mérito "Julio Garavito", en sesión del 29 de abril
de 2008, ha propuesto los nombres de quienes a su juicio son merecedores del
otorgamiento de las respectivas condecoraciones.
Que corresponde al Presidente de la República, otorgar los diferentes grados de
la Orden, de acuerdo con las calidades exigidas.
DECRETA
ARTíCULO 1°: Otorgar la condecoración de la "Orden al Mérito Julio Garavito"
a
los siguientes Ingenieros e Instituciones Colombianas, así:
En el GRADO DE GRAN CRUZ, a:
FERNANDO ARAÚJO PERDOMO
C.C. 73.072.958
CARLOS SANCLEMENTE
ORBEGOZO
17.025.606
En el GRADO DE GRAN OFICIAL, a:
SAMUEL FRANZ MUTIS
CABELLERO
C.C. 13.831.8651894
DECRETO NUMERO
DE
HOJA No. 2
Continuación
del Decreto Por el cual se otorga la "Orden al Mérito Julio Garavito"
En el GRADO DE CRUZ DE PLATA
ASOCIACiÓN COLOMBIANA DE INGENIEROS ELECTRICISTAS, MECÁNICOS
Y PROFESIONES AFINES- ACIEM
NIT: 860.023.838-4
En el GRADO DE CRUZ DE COMENDADOR, a:
OMAR DARío CARDONA ARBOLEDA
C.C: 10.251.382
FEDERICO JOSÉ RESTREPO POSADA
70.546.837
GILBERTO SAA NAVIA
4.608.214
En el GRADO DE CRUZ DE OFICIAL, a:
ALFONSO MONTEJO FONSECA
C.C.19.231.688
En el GRADO DE CRUZ DE CABALLERO
EDUARDO HOUGHTON PÉREZ
C.C.17.011.163
ARTíCULO 2°: El Ministro de Transporte expedirá los correspondientes diplomas
que acreditan
el otorgamiento
de la condecoración
"Orden al Mérito Julio
Garavito".
ARTíCULO 3°: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.
2 2MlY-2009·
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Dado en Bogotá D.C., a
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Ministro de Transporte