Decreto No. 1928
REPUBL~LOMBIA
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DECRETO NÚMEk>
19::'8
DE 2009
( 2 8 MAY 2009
Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado
Policarpa Salavarrieta en Liquidación
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 15 del articulo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 10 del
articulo 20 de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 10 del Decreto 2866 de 2007, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2866 de 2007, se dispuso la supresión y liquidación de
la Empresa Social del Estado Poli carpa Salavarrieta,
creada mediante
Decreto
Ley 1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada
del nivel nacional,
de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social.
Que el parágrafo 10 del artículo 20 de la Ley 1105 de 2006, por medio de la cual
se modifica el Decreto Ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de
entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional señala que en el acto
que ordene la supresión
y liquidación
de la respectiva entidad, se señalará el
plazo para realizar la liquidación
de la respectiva
entidad,
el cual será fijado
teniendo en cuenta las características
de la misma. Si la liquidación no concluye
en dicho plazo, el Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo
debidamente motivado.
Que el inciso 20 del artículo 10 del Decreto 2866 de 2007 señaló que la liquidación
de la Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta en Liquidación, debería
culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a partir de su entrada en
vigencia,
pudiendo
ser prorrogable
por el Gobierno
Nacional
mediante
acto
administrativo debidamente motivado.
Que mediante el artículo 10 del Decreto 2710 de 2008 se prorrogó el plazo para la
culminación
del proceso íiquidatorio de la Empresa Social del Estado Policarpa
Salavarrieta en Liquidación, hasta el 27 de enero de 2009.
Que mediante el artículo 10 del Decreto 217 de 2009 se prorrogó nuevamente el
plazo para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado
Policarpa Salavarrieta en Liquidación, hasta el 28 de febrero de 2009.
Que mediante el artículo 10 del Decreto 581 de 2009 se prorrogó nuevamente el
plazo para la culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado
Policarpa Salavarrieta en Liquidación, hasta el 31 de mayo de 2009.DECRETO NÚMERO O 19 :.8
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DE 2009
HOJA No
2
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la E:mpresa
Social del Estado Policarpa Salavarrieta en Liquidación".
Que mediante
Comunicación
N°. 006600
del 8 mayo de 2009,
la Sociedad
Fiduagraria S.A., en su condición de liquidadora de la Empresa Social del Estado
Policarpa Salavarrieta en Liquidación, solicitó prorrogar el término para concluir la
liquidación
hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2009, con el fin de:
1)
Formalizar
la venta de activos remanentes
para generar fuente de pago para
atender el costo de la supresión de cargos de la planta de servidores públicos
amparados
con fuero y/o retén social.
2) Culminar el trámite de normalización
pensional, conforme
a
lo previsto en el Decreto 1298 de 2008.
3). Definir la
asunción de la deuda por parte de la Nación del pasivo laboral y pensional toda
vez que la ESE en Liquidación no dispone de los recursos y expedir el decreto
respectivo;
4) Obtener
la aprobación
por parte del Ministerio
de la Protección
Social del Informe
Final de la Liquidación
y de la suscripción
del acta final,
conforme a los articulas 36 y 38 del Decreto Ley 254 de 2000.
Que de acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación
de la Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta en Liquidación el treinta y
uno (31) de mayo de 2009, razón por la cual se justifica su prórroga.
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social
del Estado Policarpa Salavarrieta en Liquidación, establecido en el artículo 10 del
Decreto 581 de 2009, hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2009.
Parágrafo: En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida
en el articulo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, la
Liquidadora procederá al cierre inmediato de la liquidación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
2 8 MAY 200
Dado en Bogotá, D C, a los
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,DECRETO NÚMERO O 19:.8
DE 2009
HOJA No
3
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Policarpa Salavarrieta en Liquidación".
EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL,
DIEGO PALACIO BETANCOURT
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lA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
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DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
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ELlZABETH RODRIGUEZ TAYlOR