Decreto No. 2036
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República de Colombia
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto
Número
2 036
de
4 JUN 2009
Por el cual se modifica el Decreto 867 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°, Modificacíón.
El numeral 5 del artículo 5 del Decreto 867 de 2003 quedará así:
"5. El Representante Legal de la cooperativa multiactiva original o escindente, podrá ser miembro
del Consejo de Administración de la nueva cooperativa de ahorro y crédito o financiera. Los
empleados y miembros de la Junta de Vigilancia y del Consejo de Administración de la
cooperativa original o escindente, no podrán participar en forma alguna en las actividades de la
nueva entidad, tales como administración, gestión y vigilancia".
Articulo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a lo