Decreto No. 2125
DE COLOMBIA
MINISTERIO
•
DE DEFENSA NACIONAL
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DECRETO N° 2125
Por el cual se modifica la estructura del Fondo Rotatorio de la Policía
y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBUCA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el
numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el
artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
C O N S 1 D E R A N D O:
Que en la sesión del 26 de noviembre de 2007, según Acta No. 008, el Consejo Directivo decidió
someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del Fondo Rotatorio
de la Policía.
D E C R E T A:
Capítulo 1
Estructura y funciones
de las Dependencias
ARTÍCULO 1°.
La estructura del Fondo Rotatorio de la Policía será la siguiente:
1.
CONSEJO DIRECTIVO
2.
DIRECCIÓN GENERAL
2.1. OFICINA DE CONTROLINTERNO
2.2. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
2.3. OFICINA ASESORA JURÍDICA
3.
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA y FINANCIERA
4.
SUBDIRECCIÓN OPERATIVA
5.
ORGANOS DE ASESORIA y COORDINACIÓN
5.1. COMISION DE PERSONAL
5.2. COMITE DE COORDINACIÓN DE CONTROLINTERNO
ARTÍCULO 2°. Funciones del Consejo Directivo. Corresponde al Consejo Directivo ejecutar
las siguientes funciones:
1. Formular a propuesta del Representante Legal, la política general de la Entidad, los
planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica
del Presupuesto, deban proponerse para su incorporación en los planes sectoriales y a
través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
2. Formular a propuesta del Representante Legal, la política de mejoramiento continuo de
la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.DECRETO NUMERO -'--2-125
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del Decreto - ·Por el cual se modifica estructura del Fondo Rotatorio de la Policía y se dictan otras
disposiciones"
3.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración
de la Entidad.
4.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura interna y de la planta
de personal que consideren pertinentes;
adoptar los estatutos internos de la entidad y
cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos
de creación o reestructuración.
5. Aprobar el proyecto
de presupuesto
anual y sus modificaciones
en los términos
que
disponga la ley.
6. Aprobar el plan anual de caja y sus modificaciones en los términos que disponga la ley.
7. Aprobar
los proyectos
de inversión
presentados
por el Director
General del Fondo
Rotatorio
de la Policía debidamente
sustentados,
de acuerdo con las normas legales
vigentes.
8.
Autorizar la gestión y contratación
de empréstitos
internos o externos con destino a la
entidad, debidamente sustentados, de acuerdo con las normas legales vigentes.
9.
Aprobar los estados financieros periódicos que debe elaborar la Entidad.
10. Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía, para que con recursos de
la Entidad y de acuerdo con la disponibilidad
apoye a la Policía en casos de que esta
Institución
lo requiera, conforme a disposiciones legales vigentes.
11. Autorizar las comisiones al exterior de los empleados del FondoRotatorio
de la Policía de
conformidad con las disposiciones legales vigentes.
12. Delegar cuando lo considere conveniente
alguna o algunas de sus funciones
en el
Director General del Fondo Rotatorio de la Policía.
13. Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para delegar en el nivel
directivo
o sus equivalentes,
algunas
de
las funciones
que
le corresponden
de
conformidad con las normas legales vigentes.
14. Autorizar la venta o adquisición de bienes inmuebles.
15. Establecer su reglamento interno.
16. Las demás que le señale la ley, estatutos, reglamentos y aquellas que sean necesarias
para el adecuado funcionamiento
de la entidad.
ARTÍCULO 3° .. Funciones de la Dirección General. Son funciones de la Dirección General
las siguientes:
1. Fijar las políticas y adoptar los planes generales relacionados con la institución y velar
por el cumplimiento
de las funciones de la entidad.
2. Formular con la colaboración
de los subdirectores
y asesores, las estrategias
para el
desarrollo de los planes y programas de la Entidad.
3. Crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de
. trabajo
que considere necesarios para el desarrollo de las funciones
de la Entidad y
asignarles funciones mediante resolución.2125
,¡¡
,."
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del Decreto - ·Por el cual se modifica
estructura
del Fondo Rotatorio de la Policfa y se dictan otras
disposiciones"
4. Delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones
que considere necesariaspara la correcta prestación del servicio de la entidad.
5. Nombrar, remover y administrar el talento humano, adoptar el manual de funciones y
competencias laborales y establecer los requisitos de los empleos de acuerdo con las
disposiciones legales vigentes.
6. Fijar las directrices para la implementación, mantenimiento y perfeccionamiento del
sistema de control interno de la institución.
7. Presentar al Consejo Directivo para aprobación las modificaciones a los estatutos y
reformas administrativas de la Entidad.
8. Dirigir y controlar los procesosde contratación de la Entidad.
9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza
de la Entidad.
ARTÍCULO 4°. OFICINA DE CONTROL INTERNO. Son funciones de la Oficina de Control
Interno, las siguientes:
1. Proponer la política, planes y programas que apunten a una adecuada gerencia de lo
público en la entidad.
2. Asesorar y acompañar a los servidores públicos de la entidad, en la implementación de la
política institucional y prácticas gerenciales que garanticen el logro de los objetivos
institucionales.
3. Asesorar y apoyar al Director General en la planeación, dirección, organización y
evaluación del Sistema de Control Interno de la entidad.
4. Adelantar los programas de auditoria interna, así como los procedimientos y métodos
para su aplicación.
5. Verificar el cumplimiento de la política, normas, procedimientos, planes, programas,
proyectos y metas de la entidad, así como recomendar los ajustes pertinentes.
6. Fomentar en la entidad la cultura de gerencia pública, autogestión, autocontrol,
autorregulación y administración del riesgo, de acuerdo con las políticas que apliquen
sobre la materia.
7. Presentar los informes relacionados con la oficina en ejercicio de sus funciones al
Director de la entidad y al comité de coordinación de control interno.
8. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza
de la dependencia.
ARTICULO 5°. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN. Son funciones de la Oficina Asesora
de planeación las siguientes:
1. Dirigir la gestión de planeamiento al interior de entidad, en la adopción de herramientas
e instrumentos que permitan el afianzamiento del pensamiento estratégico, la
administración de recursos y la articulación del planeamiento operativo con ellogístico.",' 2125
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2. Dirigir, coordinar y desarrollar el sistema integrado de planeamiento, y programación
presupuestal de recursos para el funcionamiento y la inversión de la entidad, desde la
óptica analítica de las necesidadesy proyeccionesde las instituciones que lo integran.
3. Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la entidad, integrado por
los recursos de funcionamiento y de inversión de sus diferentes seccionespresupuestales
en el marco de las estrategias sectoriales, así como las modificaciones presupuestales
que se requieran, gestionando ante las instancias competentes su aprobación.
4. Dirigir y controlar la evaluación de la gestión y resultados de entidad, mediante la
utilización de herramientas metodológicas y formulación de indicadores de gestión que
se consideren pertinentes.
5. Asesorar al Director General de la entidad para la estrategia y planeación, en la
formulación de objetivos estratégicos y políticas que orienten los procesos de desarrollo
en el mediano y largo plazo.
6. Dirigir el sistema de información estratégica para el desarrollo de los procesos de
planeamiento y toma de decisión de la entidad.
7. Consolidar la información estadística que alimenta los procesos de planeamiento de la
entidad.
8. Elaborar el manual de procesosy procedimientos de la entidad, con el fin de racionalizar
la gestión y los recursos de la institución.
9. Formular y coordinar la elaboración de los proyectos de inversión de la entidad,
evaluarlos a través de la metodología que corresponda, y adelantar la actuación
administrativa para su inscripción en el banco de programas y proyectos de inversión
nacional.
10. Elaborar en coordinación con los responsables de procesos, acorde con el plan nacional
de desarrollo y las políticas sectoriales, los planes, programas y proyectos que se
requieran para el cumplimiento de las funciones propias y de los objetivos de la entidad.
11. Asesorar en el diseño de los estudios de costo-beneficio, factibilidad, análisis de
tendencias y los demás que sean necesarios para la elaboración de los planes y
programas.
12. Presentar a los organismos competentes los planes, programas y proyectos de la entidad
para su incorporación en los del sector.
13. Asesorar y coordinar con los diferentes responsables de los procesos de la entidad la
elaboración de propuestas para reformas administrativas, análisis de cargas laborales,
manuales de funciones y procedimientos.
14. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza
de la dependencia.
ARTICULO 60. OFICINA ASESORA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica
las siguientes:
1. Asesorar a Director General, a los Subdirectores y a los Jefes de Oficinas en los asuntos
jurídicos relacionados con las funciones a cargo de la entidad, incluidos los asuntos en
materia contractual.2125
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disposiciones"
2. Asesorar al Director General, a los Subdirectores y a los Jefes de Oficina en la prevención
del daño antijurídico y otorgar capacitación sobre el mismo tema.
3.
Dirigir la atención de los procesos judiciales y administrativos
y las conciliaciones en que
el Fondo Rotatorio de la Policía sea parte y promover las acciones legales para proteger
los intereses del mismo, previa delegación.
4.
Dirigir la atención de los procesos civiles, laborales, policivos y penales mediante
la
constitución de parte civil en los delitos contra la administración
pública.
5.
Dirigir
las respuestas
a las acciones de tutela
y en caso necesario
presentar
las
impugnaciones de los fallos de las mismas.
6. Tramitar el llamamiento en garantía y las acciones de repetición a que haya lugar.
7.
Coordinar la compilación y actualización de la jurisprudencia
y de las normas legales y
administrativas
que regulen las funciones de las dependencias del Fondo Rotatorio de la
Policía, y velar por su adecuada difusión y aplicación.
8.
Preparar
los proyectos
de ley que sean solicitados
por el Director
General y los
Subdirectores,
que deban
ser presentados
al Congreso,
así como
las respectivas
exposiciones de motivos.
9.
Preparar y coordinar
la elaboración
de proyectos
de acuerdo y resoluciones
de la
entidad, que solicite el Director General o los Subdirectores.
10. Conceptuar
y
revisar
aquellos
actos
administrativos
que
sean
sometidos
a
su
consideración y deba suscribir el Director General.
11. Proyectar los fallos de segunda instancia en procesos disciplinarios y administrativos
que
se adelanten contra servidores públicos de la entidad, de acuerdo con las normas legales
vigentes.
12. Coordinar y tramitar la oportuna respuesta a los derechos de petición sobre los temas de
su competencia, especialmente los del despacho del Director General.
13. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la
dependencia.
ARTÍCULO 7° .. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA y FINANCIERA. Son funciones de la
Subdirección Administrativa
y Financiera las siguientes:
1. Asesorar al Director General de la entidad en formulación
de la política y estrategias
financieras, presupuestales,
contables y de tesorería y velar por el cumplimiento
de las
mismas.
2.
Revisar la consolidación
de los estados financieros y cuentas fiscales que elaboran los
grupos de trabajo a su cargo.
3. Asesorar
a todos
los,/ grupos
de trabajo
de
la entidad,
en
asuntos
financieros,
relacionados con la ejecución y contabilización del presupuesto.
4.
Difundir
las normas
relacionadas
en materia financiera,
contable
y fiscal, así como
establecer procedimientos financieros para proteger los fondos y bienes de la entidad.DECRETO NUMERO _
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Continuación
del Decreto - "Por el cual se modifica
estructura
del Fondo Rotatorio
de la Policia y se dictan otras
disposiciones"
5. Asesorar al Director General en la elaboración del anteproyecto de presupuesto
requerido para el desarrollo de la política y los programas que deban ser desarrollados
por la entidad.
6. Consolidar en materia presupuestal el cierre de vigencia fiscal reportando a los entes
externos pertinentes la ejecución acumulada y constitución del rezago presupuestal.
7. Coordinar y desarrollar el seguimiento, análisis y cierre de los estados contables de la
entidad.
8. Coordinar, dirigir y controlar el proceso de sostenibilidad contable de la entidad.
9. Administrar el programa anual mensualizado de caja (PAC) de la entidad, teniendo en
cuenta la normatividad legal vigente.
10. Ejercer la representación del órgano ejecutor ante la organización del sistema integrado
de información financiera SIIF Nación.
11. Asesorar al Director General de la entidad en la formulación de políticas, normas y
procedimientos para la administración del talento humano, los recursos físicos y
financieros.
12. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de la administración del talento humano, los
recursos físicos y financieros, garantizando el apoyo necesario para el funcionamiento de
la entidad.
13. Controlar el almacenamiento y custodia de los bienes y materiales de la Entidad y dirigir
los planes de mantenimiento que se requieran.
14. Dirigir y controlar la prestación de los servicios generales requeridos para el
funcionamiento de la entidad, incluido el archivo general.
15. Recomendar programas de distribución o redistribución de los cargos y de ubicación del
personal, de acuerdo con las necesidadesdel servicio y cargas de trabajo.
16. Dirigir la actualización del manual de funciones y competencias laborales de los
diferentes empleos de la entidad, de acuerdo con las políticas y las normas legales
vigentes.
17. Elaborar y controlar, en coordinación con las diferentes dependencias, el plan anual de
compras de la Entidad.
18. Coordinar la gestión de las tecnologías de información y comunicación, estableciendo
mecanismos que faciliten la calidad, consistencia e intercambio de datos que se
producen en .Ia entidad.
19. Coordinar con el grupo de control disciplinario interno la formulación de la política,
planes y programas de capacitación y divulgación sobre el régimen disciplinario.
20. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios y administrativos que se
adelanten contra los funcionarios o ex funcionarios públicos que no gozan de fuero
especial y que se encuentran al servicio de la entidad en forma permanente o transitoria
de acuerdo con las normas legales vigentes.
21. Ejercer las funciones de secretaría técnica ante el Consejo Directivo, refrendar los actos
de ésta y comunicar las decisiones pertinentes a los responsablesde los procesos.2125
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Continuación
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22. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza
de la dependencia.
ARTÍCULO 80. SUBDIRECCIÓN OPERATIVA. Son funciones de la Subdirección Operativa,
las siguientes:
1. Dirigir los procesos de contratación para la adquisición de bienes y servicios tanto de la
Entidad como de contratos interadministrativos.
2. Velar por el cumplimiento de las normas vigentes en materia de contratación estatal.
3.. Controlar el programa de créditos y velar por la recuperación de cartera.
4. Verificar el cumplimiento del programa de confección de prendas de acuerdo a los
requerimientos de la PolicíaNacional de Colombia y otras entidades.
5. Elaborar y controlar, en coordinación con las diferentes dependencias, el plan anual de
compras, referente a los contratos interadministrativos.
6. Vigilar que se adelante la coordinación necesaria para que se realicen las operaciones
relacionadas con el trámite de importación de equipos, máquinas, vehículos y otros
elementos que requiera la Entidad, la Policía Nacional de Colombia y demás entidades
estatales.
7. Controlar la realización de los remates de bienes muebles en desuso e inmuebles de las
entidades que lo requieran.
8. Presidir el comité asesor para la contratación de la entidad.
9. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza
de la dependencia.
,
",
I
ARTICULO 9°. ORGANOS DE ASESORIA y COORDINACION. El comite de Coordinacion
del Sistema de Control Interno, la Comisión de Personal y demás órganos de asesoría y
coordinación que se organicen e integren, cumplirán sus funciones de conformidad con las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Capítulo 11
Disposiciones Varias
ARTÍCULO 10°. Adopción de la Planta de Personal del Fondo Rotatorio
de la Policía.
De conformidad con la estructura prevista en el presente Decreto, el Consejo Directivo
procederá a determinar la nueva planta de personal del Fondo Rotatorio de la Policía, para
someterla a la aprobación del Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 11°. Atribuciones
de los funcionarios
de la Planta Actual. Los funcionarios
de la planta de personal actual del Fondo Rotatorio de la Policía continuarán ejerciendo las
funciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal de
conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.DECRETO NUMERO ~.,.¡
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de la Policfa y se dictan otras
disposiciones"
ARTÍCULO
12°. Vigencia.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga el Decreto 470 del 10 de marzo de 1998, y las demás normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. c., a los,
\
/< ..
,
,
,/
EL MINISTRO DE HAOENDAy CREDIT7;·
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
c.1
.UEL SANTOS
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCIÓN PÚBUCA