Decreto No. 2140
DE COLOMBIA
MINISTERIO DE
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HACIENDA Y CRÉDITO PÚSCfC1Cj"'c
DECRETO NÚMERO
214 O
DE 2008
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Por el cual se modifica el artículo 12 del Decreto 1050 del 1O de abril de 1997
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo
189 de la Constitución Política
DECRETA:
ARTIcULO PRIMERO.- Modificar el artículo 12 del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997, el cual quedará así:
"ARTIcULO 12. DE lOS INFORMES- Todo servidor público deberá presentar ante su superior inmediato y
dentro de los tres días siguientes a la finalización de la comisión que le haya sido conferida, un informe ejecutivo
sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma.
Así mismo, todas las Entidades objeto del ámbito de aplicación del presente decreto, deberán remitir
bimestralmente al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la relación de las
comisiones otorgadas y el valor pagado por ellas con cargo al Tesoro Público"
ARTIcULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de ~a fecha de su PUbl'.i cióf!
PUBllQUESE y CUMPLASE
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EL MINISTRODE HACIENDAY CRÉ~/
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA
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