Decreto No. 2142
¡~C~~JARiA
JU¡¡,m'i~~
Ia.v,¡~,-rl\,
Ubertud ¡Orden
~--_._--,
Ministerio
de Relaciones
Exteriores
República de Colombia
DECRETO NÚMERb
2142
.DE
8 11IN 2OAg "
t
I
R
"bl"
d
Por medio del cual se promulga
el "Acuer!UJe'
LI re ~omerclo
en re a
epu
Ica
e
Colombia y la República de Chile • Protocolo Adicional
al Acuerdo de Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre Colombia y
Chile (ACE 24) del 6 de diciembre de 1993", suscrito en Santiago, Chile, el 27 de noviembre
de 2006, y el "Acuerdo
mediante
Canje de Notas
relativo
a la corrección
de errores
técnicos del Acuerdo", del 6 de mayo de 2009.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de
Colombia y en cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ley 7a del 30 de noviembre de 1944, en su articulo primero dispone que 105 Tratados,
Convenios,
Convenciones,
Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales
aprobados
por el
Congreso,
no
se
considerarán
vigentes
como
leyes
internas,
mientras
no
hayan
sido
perfeccionados
por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones
o el
depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;
Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación
de los tratados y convenios
internacionales
una vez sea perfeccionado el vinculo internacional que ligue a Colombia;
Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1189 del 28 de abril de 2008, publicada en el Diario
Oficial No. 46.974 del 28 de abril de 2008, aprobó el "Acuerdo de Libre Comercio entre la
República
de
Colombia
y la
República
de
Chile
-
Protocolo
Adicional
al Acuerdo
de
Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre
Colombia y Chile (ACE 24) del 6 de diciembre de 1993'; suscrito en Santiago, Chile, el 27 de
noviembre de 2006;
Que la Corte Constitucional,
en Sentencia C-031 del 27 de enero de 2009, declaró exequible la
Ley 1189 del 28 de abril de 2008 y el "Acuerdo de Libre Comercio
entre la República
de
Colombia
y la República
de Chile - Protocolo
Adicional
al Acuerdo
de Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre Colombia y Chile
(ACE 24) del 6 de diciembre de 1993'; suscrito en Santiago, Chile, el 27 de noviembre de 2006;
Que en cumplimiento del Artículo 22.3 del Acuerdo, la República de Chile, mediante
Nota Verbal
NO.05012 del Ministerio de Relaciones
Exteriores,
del 15 de abril de 2008, informó sobre el
cumplimiento
de los procedimientos
jurídicos internos necesarios
para la entrada en vigor del
Acuerdo
de Libre Comercio
del 27 de noviembre
de 2006, En el mismo sentido lo hizo la
República de Colombia mediante Nota DMI OAJ.CAT N° 10300 del 20 de febrero de 2009, la
cual fue recibida por la Embajada de Chile en Bogotá el 9 de marzo de 2009, según Nota Verbal
N° 58/2009 del 19 de marzo de 2009;
Que la República de Chile mediante Nota Diplomática SIN del 31 de marzo de 2009, confirmó el
entendimiento
logrado entre los representantes
de los dos paises destinado a corregir,
ab initio,
n.DECRETO NUMERO
r"_.
_2_1_4..L DE
_
Hoja número
2
Continuación del decreto por medio del cual se promulga el "Acuerdo de Libre Comercio entre la
República de Colombia y la República de Chile - Protocolo Adicional al Acuerdo de
Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico
Ampliado entre Colombia y Chile (ACE 24) del 6 de diciembre de 1993", suscrito en
Santiago,
Chile,
el 27 de noviembre
de 2006,
y el "Acuerdo mediante Canje de Notas
relativo a la co"ección
de errores técnicos del Acuerdo", del 6 de mayo de 2009.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
105 errores técnicos existentes en el "Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombiay la República de Chile-Protocolo
Adicional al Acuerdo de Complementación
Económica para el
Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre Colombia y Chile (ACE 24) del 6 de
diciembre de 1993", suscrito en Santiago de Chile, el 27 de noviembre de 2006; y la República
de Colombia, por Nota Diplomática DM.OAJ.CAT.No.21684
del 6 de mayo de 2009, aceptó
los
términos en que se corrigen los errores al mencionado Acuerdo;
En consecuencia,
el "Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República
de
Chile-Protocolo
Adicional
al
Acuerdo
de
Complementación
Económica
para
el
Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre Colombia y Chile (ACE 24) del 6 de
diciembre de 1993", suscrito en Santiago de Chile, el 27 de noviembre de 2006, junto con el
"Acuerdo mediante Canje de Notas relativo a la corrección de errores técnicos del Acuerdo", del
6 de mayo de 2009,
entraron en vigor el 8 de mayo de 2009 de conformidad con lo previsto en
el articulo 22.3 del Acuerdo.
DECRETA:
ARTíCULO
PRIMERO:
Promúlganse
el "Acuerdo de Libre Comercio
entre la República
de
Colombia
y la República
de Chile - Protocolo
Adicional
al Acuerdo
de Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre Colombia y Chile
(ACE 24) del 6 de diciembre de 1993", suscrito en Santiago, Chile, el 27 de noviembre de 2006,
y el "Acuerdo mediante Canje de Notas relativo a la corrección de errores técnicos del Acuerdo",del 6 de mayo de 2009.
(Para ser transcritos en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Acuerdo de Libre Comercio
entre la República
de Colombia y la República de Chile - Protocolo Adicional
al Acuerdo de
Complementación
Económica para el Establecimiento
de un Espacio Económico Ampliado entre
Colombia y Chile (ACE 24) del 6 de diciembre de 1993", suscrito en Santiago, Chile, el 27 de
noviembre de 2006, y del "Acuerdo mediante Canje de Notas relativo a la corrección de errores
técnicos del Acuerdo", del 6 de mayo de 2009).
ARTíCULO SEGUNDO:
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
:l.'DCi
D,d, '"
/~
v://
1."
/"
yr~-
~-
"N.__
-.-
••..• ••...-