Decreto No. 2155
DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO
"
ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN~MEIC"
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DECRETO NÚME'~Ó'
2155
DE 2008
Por el cual se aprueba la Resolución Orgánica N° 5935 del 11 de Marzo de 2008 de la
Contraloría General de la República que adopta el Acuerdo Número 017 del 13 de
diciembre de 2007, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la
Contraloría General de la República.
El PRESIDENTE DE lA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
En uso de las facultades consagradas en el artículo 100 de la Ley 106 de 1993 y el
artículo 82 del Decreto Ley 267 de 2000.
DECRETA
ARTíCULO 1: Apruébese
la Resolución Orgánica Número 5935 del 11 de Marzo de
2008 de la Contraloría General de la República, cuyo texto es el siguiente:
RESOLUCiÓN ORGÁNICA 5935 DE 2008
Por la cual se adopta el Acuerdo Número 017 del 13 de diciembre de 2007, expedido
por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralorfa General de la
Republica
El CONTRAlOR
GENERAL DE lA
REPÚBLICA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por
los artículos 100 de la Ley 106 de 1993 y 82 del Decreto Ley 267 de 2000, y.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 100 de la Ley 106 de 1993, establece que la planta de personal del
Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República,
será determinada
~
por la Junta Directiva, la cual deberá tener en cuenta la denominación,
clasificación,
niveles
y grados
ocupacionales
establecidos
para
la Contraloría
General
de la
República en esa Ley. Para entrar a funcionar requiere ser adoptada por el Contralor
General de la República, mediante resolución. En este orden, cualquier modificación a
dicha planta debe surtir este trámite.
Que el artículo 82 del Decreto Ley 267 de 2000, preceptúa que las competencias
de
conocimiento y decisión respecto de la estructura interna del Fondo de Bienestar Social
de la Contraloría General de la República, sus estatutos internos y demás aspectos
atinentes a su organización y plata de personal continuaran rigiéndose por lo dispuesto
en la Ley 106 de 1993 y las normas que la modifiquen o adicionen; y que no obstante,
-los
actos
administrativos
referidos
a
las
anteriores
materias
que
adopten
las-
autoridades
de que trata la mencionada
Ley, se elevaran
a Decreto del Gobierno
Nacional.DECRETO NÚMERO
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DE
Hoja No. 2
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la Resolución
Orgánica N° 5935 del 11 de Marzo de 2008
de la
Contralorla
General de la República
que adopta el Acuerdo Número 017 del 13 de diciembre
de 2007, expedido por
la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTíCULO PRIMERO: Adoptar el Acuerdo 017 del 13 de Diciembre de 2007 expedido
por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contra loría General de la
República; cuyo texto se transcribe a continuación:
"ACUERDO
N° 017 del 13 de Diciembre
de 2007"
"Por el cual se modifica el Acuerdo N° 009 de 2006"
LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA
CONTRALORíA
GENERAL DE LA REPÚBLICA.
En ejercicio de sus facultades legales yen especial las contempladas en el Mículo 100 de la Ley
106de 1993en concordanciacon el Numeral 14 del Artículo 3 del Decreto 2881 de 1994,y,
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal Administrativo
del Casanare (Sala de Decisión) en sentencia del 19 de
Agosto de 2004, a título de restablecimiento
del derecho ordenó al Fondo de Bienestar
Social de la Contraloría
General de la República " ... reintegrar
a la Señora Salima
Miserque Salomón,
con C. de C. No. 64.540.298
de Sincelejo,
al cargo que venía
desempeñando
o a otro igualo
equivalente de la planta de personal de esa entidad,
considerándose
para todos los efectos legales que no hubo solución de continuidad en
sus servicios desde la fecha de su retiro dispuesto
por el acto que se anula y su
reintegro al cargo."
Que el Honorable Consejo de Estado mediante sentencia del veintinueve (29) de Marzo
de dos mil seis
(2006)
declaró
en firme
la sentencia
proferida
por el Tribunal
Administrativo del Casanare (Sala de Decisión).
Que la mencionada
sentencia
del 19 de Agosto de 2004, dictada
por el Tribunal
Administrativo del Casanare (Sala de Decisión), declaró: "... la nulidad del Decreto No.
1545 del 19 de Agosto de 1999, expedido por el Gobierno Nacional "Por el cual se
aprueba el Acuerdo No. 052 del 14 de Julio de 1999, expedido por el Consejo Directivo
del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República y se dictan
otras disposiciones",
mediante el cual se suprimió el cargo que venía desempeñando
la
15 en la División Jurídica del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la
*
demandante
Salima Miserque Salomón, como Jefe de División Nivel Ejecutivo Grado
,
República, con estatus de carrera administrativa.
Que se hizo necesario dar cumplimiento
a la sentencia del 19 de Agosto de 2004,
dictada por el Tribunal
Administrativo
de Casanare
(Sala de Decisión),
a título de
restablecimiento
del derecho, por medio de la cual le ordenó al Fondo de Bienestar
Social de la Contraloría General de la República "...Como restablecimiento
del derecho
se ordena al Fondo de Bienestar Social de la Contralaría
General de la República
reintegrar a la Señora Salima Miserque Salomón,
con C. de C. No. 64.540.298
de
Sincelejo, al cargo que venía desempeñando
o a otro igualo
equivalente de la planta
de personal de esa entidad,
considerándose
para todos los efectos legales que noDECRETO NÚMERO
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DE
Hoja No. 3
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la Resolución
Orgánica N° 5935 del 11 de Marzo de 2008
de la
Contraloría
General de la República que adopta el Acuerdo Número 017 del 13 de diciembre
de 2007, expedido por
la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República".
hubo solución de continuidad en sus servicios desde la fecha de su retiro dispuesto por
el acto que se anula y su reintegro al cargo."
Que mediante oficio No. 118100-773 del 5 de Diciembre de 2006, la Gerencia del
Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, solicitó a la
Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, viabilidad presupuestal para la creación del cargo Profesional
Especializado Código 2028 Grado 20.
Que debido a un error en la creación del cargo mediante el Acuerdo 009 de 2006 se
hace necesario modificarlo por cuanto, en los Decretos 916 de 2005 y Decreto 372 de
2006, el cargo a crear correspondía a un Código 3010 Grado 20, no a un 2820 Grado
20 como se instituyó en el Acuerdo mencionado.
Que según lo estipula el Decreto 2489 de 2006 en su artículo 4, el cargo Profesional
Especializado Código 3010 Grado 20 queda ahora como Profesional Especializado
Código 2028 Grado 17.
Que según concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública
con radicado N° 2007EE4839, lo que hace el Gobierno es avalar que este ajustado a la
normatividad los pasos a través de los cuales se llevó a cabo el procedimiento de
creación del cargo, y que por lo tanto, se recomienda adelantar el proceso de
modificación respectivo en aras de ajustar el cargo a Profesional Especializado Código
2028 Grado 17, siempre y cuando no se desmejoren las condiciones laborales en el
caso de que el cargo se encuentre ocupado.
Que en la actualidad el cargo objeto de modificación se encuentra vacante, puesto que
la señora Salima Miserque Salomón presentó renuncia a partir del 10 de julio de 2007
al cargo en el cual había sido reintegrada, dimisión aceptada mediante Resolución 165
del 7 de julio de 2007.
Que la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la
República en sesión del 13 de Diciembre de 2007, como consta en el Acta N°007,
decidió aprobar la modificación del Acuerdo 009 de 2006, a fin de ajustar la
nomenclatura del Cargo de acuerdo a la nueva denominación establecida en el Decreto
2489 de 2006.
Que en merito de lo anterior,
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO: Modificar el Acuerdo N° 009 en el sentido de crear el cargo
Profesional Especializado Código 2028 Grado 17 en la Planta del Fondo de Bienestar
.Social de La Contraloría General de la República y no como allí aparece de Profesional
Especializado Código 2028 Grado 20.
ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su aprobación
por el Contralor General de la República y su adopción por el Gobierno Nacional, de
conformidad al Artículo 82 del Decreto No. 267 del 22 de Febrero de 2000.DECRETO NÚMERO
".' 2155
DE
Hoja No. 4
Continuación
del Decreto "Por el cual se aprueba la Resolución
Orgánica N° 5935 del 11 de Marzo de 2008
de la
Contralorla
General de la República
que adopta el Acuerdo Número 017 del 13 de diciembre
de 2007, expedido por
la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República",
COMUNIQÚESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los trece (13) días de Diciembre de dos mil siete (2007).
Fdo. JULIO CESAR TURBA Y QUINTERO
Fdo, AMAIDA PALACIOS JAIMES
PRESIDENTE
SECRETARIA
ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y publicación, y de su adopción mediante Decreto por el Gobierno Nacional.
ARTíCULO 2 - El presente Decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo
pertinente el Decreto 280 del 22 de febrero de 2000.
1 6
PUBLíQUESE
y CUMPLASE
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Dado en Bogotá, D.C., a los
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDI : 9y.úáLlco,
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