Decreto No. 2169
DE COLOMBIA
•
Libertad y Orden .
MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMER~
216 9
DE 2009
( 1 OJUN 2009 )
Por el cual se designa un Notario en propiedad
El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LAREPÚBLlCA
DE COLOMBIA
DElEGATARIO
DE FUNCIONES PRESIDENCIALES,
MEDIANTE DECRETO No. 2045
DEL 4 DE JUNIO DE'2009
Enejercicio de susfacultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren, el artículo 161del Decreto 960 de 1970,
el artículo 5° del Decreto 2163de 1970,los artículos 61 y 66 del Decreto
Reglamentario 2148 de 1983y
CONSIDERANDO
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de
notario en propiedad deba proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a
Concurso Público y Abierto para el Nombramiento
de Notarios en
Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial. para proveer en propiedad
el cargo de Notario en diferentes círculos nbtariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 142 de 2008 modificado por el Acuerdo 178 de
2009, el Consejo Superior conformó la Lista de Elegibles para proveer en
propiedad el cargo de Notario en los Departamentos de Cundinamarca,
Boyacá,
Tolima, Casanare,
Vichada,
Meta,
Guaviare,
Amazonas,
Putumayo y San Andrés, la cual fue conformada por círculo notarial. con
los nombres y documentos de identidad .de quienes en estricto orden
descendente, obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la
suma de las calificaciones
correspondientes a las distintas fases del
concurso, de acuerdo con el mínimo fijado para la integración de las
listasde elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y artículo
19del Acuerdo O 1 de 2006).
Que
la
designación
de
los
Notarios
de
Primera Categoría
es
competencia del Gobierno Nacional.
'Que
el doctor
GUSTAVO COMBATT LACHARME, identificado
con la
..tL cédula de ciudadanía No. 17.113.523,aspirante a Notario del Círculo de
,-
J2
Continuación del Decreto "por el cual se designa un Notario en propiedad" ------------
Bogotá obtuvo un puntaje total de 80.5 puntos, de suerte tal que tiene
derecho a ser nombrado en propiedad en ese Círculo Notarial.
Que el Consejo Superior en sesión celebrada el día 22 de diciembre de
2008,fijó la siguiente directriz:
" ¡. Que se proceda al nombramiento en propiedad y al ingreso a la
carrera notarial de los aspirantes que superaron el concurso y que
frente a la decisión de la Juez Cuarto Administrativo de Ibagué,
dentro de la acción popular que cursa en ese despacho,
no
resulten afectados con el reconocimiento de los cinco (5) puntos,
relacionados con el reconocimiento de la obra jurídica (...)".
Que el aspirante Gustavo Combatt Lacharme, no acreditó la autoría de
la
obra
jurídica
mediante
el
mecanismo
alterno
suspendido
provisionalmente por el Juez Cuarto Administrativo de Ibagué, por lo que
cualquiera que sea la decisión de fondo que se adopte sigue dentro de
los aspirantes con derecho a ser nombrados en el cargo de notario.
Que la decisión final que debe adoptar el juez en la acción popular en
comento, si es factor determinante para establecer la notaría que ha de
corresponder a cada uno de los aspirantes.
Que, en consecuencia y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
los artículos 11 del Decreto 3454 de 2006 y 19 del Acuerdo 1 de 2006 del
Consejo Superior, se procederá
a dar
curso al nombramiento
en
propiedad de el doctor Gustavo Cornbatt Lacharme, pero la localización
notarial definitiva, quedará sujeta a la decisión de fondo de la acción
popular.
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTíCULO
PRIMERO:
Nómbrese en
propiedad,
al doctor
GUSTAVO
COMBATT LACHARME,identificado
con la cédula de ciudadanía
N~.
~,
17.113.523,como Notario Setenta y Siete (77) del Círculo de Bogotá.
~\ 2~69
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Continuación del Decreto "por el cual se designa un Notario en propiedad" --------------
ARTíCULO
SEGUNDO:
Para tomar posesión de este cargo, el designado
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la
documentación de ley.
ARTíCULO
TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBLlQUESE, COMUNíQUESE
Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
1 OJUN 2009
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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VALENCIA
COSSl~
Proyectó:
Gerardo
A. Espinosa palac~'OS
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Revisó:
Katherine Rodríguez López
Jorge Alberto Garda
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Héctor Sinturo Vorela