Decreto No. 2173
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REPÚBLICA
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIALl •••
DECRETO NÚMEko
21 7 3
DE 200,9
(1OJUN 2009
Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado
Francisco de Paula Santander en Liquidación
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA,
DELEGATARIO
DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
MEDIANTE DECRETO No. 2045
DEL 4 DE JUNIO DE 2009,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el parágrafo 1 del
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artículo 2 de la Ley 1105 de 2006 y el artículo 1 del Decreto 810 de 2008, y
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CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 810 del 14 de marzo de 2008, se dispuso la supresión y
liquidación de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander, creada
mediante Decreto-Ley
1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada
del nivel nacional, de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección
Social;
Que el parágrafo 1 del artículo 2 de la Ley 1105 de 2006, "Por medio de la cual
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se modifica el Decreto-Ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de
entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional", señala que "En el
acto que ordena la supresión
o disolución se señalará el plazo para realizar la
liquidación de la respectiva
entidad, el cual será fijado teniendo en cuenta las
caracteristicas
de la misma.
Si la liquidación
no concluye
en dicho plazo, el
Gobierno
podrá prorrogar
el plazo fijado por acto administrativo
debidamente
motivado";
Que el inciso 20 del artículo 10 del Decreto 810 de 2008, señaló que la liquidación
de Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander
en Liquidación,
debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año contado a partir de su
entrada en vigencia;
Que mediante Decreto
843 del 13 de marzo de 2009, se prorrogó el plazo para la
culminación del proceso liquidatorio de la Empresa Social del Estado Francisco de
Paula Santander en Liquidación hasta el14 de junio de 2009;
Que evaluado el proceso liquidatorio, se concluye que no es posible concluir unos
procesos al 14 de junio de 2009, razón por la cual se requiere una prórroga
adicional el 31 de agosto de 2009;
Que mediante comunicación
EE 37100 del 28 de mayo de 2009, el Consorcio
Liquidación ESE Francisco de Paula Santander, en su condición de liquidador de
la Empresa
Social del Estado Francisco
de Paula Santander
en Liquidación,
solicitó prorrogar el término para concluir la liquidación hasta el 31 de agosto de
2009, con el fin de: 1) Obtener
la aprobación
de la normalización
pensionalDECRETO NÚMERÓ) _2 ~~'':_'
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DE 2009
HOJA No _2
Continuación del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación".
conforme a lo previsto en los artículos 17 y 18 del Decreto 810 de 2008 y 2)
Obtener la aprobación por parte del Ministerio de la Protección Social del Informe
Final de la Liquidación y la suscripción del Acta Final, conforme a los artículos 36 y
38 del Decreto Ley 254 de 2000.
Que de acuerdo con lo anterior, no es posible culminar el proceso de liquidación
de la Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación el
día 14 de junio de 2009, requiriéndose de una prórroga adicional hasta
el 31 de
agosto de 2009.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social
del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación, establecido en el artículo
1° del Decreto 810 de 2008 y prorrogado por el Decreto 843 de 2009,
hasta el 31
de agosto de 2009.
Parágrafo: En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida
en el articulo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el
Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.
Artículo 2°. La Empresa
Social del Estado Francisco de Paula Santander
en
Liquídación, queda autorizada para adelantar los trámites presupuestales
que se
requíeran de acuerdo con la prórroga aqui autorizada.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASE
1 OJUN 2009
Dado en Bogotá, D C, a los
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,DECRETO NÚMERdli
21 7 3
DE 2009
HOJA No ~
Continuación
del Decreto "Por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa
Social del Estado Francisco de Paula Santander en Liquidación".
El MINISTRO DE lA PROTECCiÓN
SOCIAL,
./
DIEGO PAlACI
BETANCOURT
lA SUBDIRECTORA
GENERAL DEL
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA
FUNCiÓN PÚBLICA, ENCARGADA
DE LAS
FUNCIONES
DEL DESPACHO DE lA
DIRECTORA
DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN
PÚBLICA,