Decreto No. 2195
REPUBLlCA
DE COLOMBIA
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MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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DECRETO NÚMERO' 219 5
DE 2008
¿
El PRESIDENTE D
,
,
~
e Vigilancia de
á .Superintendente de
a la Resolución N° 2790
Que la Superintendente
Delegada para e, .....
-remitió al señor Ministro del Interior y de
Justicia, para los fines pertinentes, fotocopicM
Resolución No. 2013 del 30 de marzo de
2007, a través de la, cual se resolvió el recurso~"tle apelación, en la cual obra constancia de
ejecutoria.
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ña.
Que conforme . la
.IG~.•.'s, .I~~.·.o,e.-J:'I.,~ar;t.'.fC[)•'.IOf1.'i¡2 mrm.e~a'3A li
e
2Q02, corresponde
al nominador
. acerleff1ti.va~
'~aslslhcIPBe~disC~llnarias
que
1afos servidores
públicos de lib _l.iIomb.ra~ie.ñt~jy
r.emb.clÓ~o(ae carra.
V
Que corresponde
al. Gobierno Nacional, en su condición de nominador,
hacer efectiva la
sanción impuesta a la Abogada
GLORIA EMMA CAMACHO ROMERO y designar a la persona
que la remplace durante el término de suspensión.
Que de conformidad con el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, corresponde al Gobierno
Nacional la designación de los Notarios de Primera Categoría.
Que con fundamento
en la certificación expedida por la Superintendente
de Notariado
y
Registro, de fecha.3 de junio de 2008, el Abogado asear Ramírez Marín identificado con la
. cédula de ciudadaní~
número 19.443.966 de Manzanares, Caldas,
reúne
los
requisitos
exigidos por el artículo 153 del Decreto Ley 960 de 1970, para desempeñar el cargo de notario
de primera categoría.- -- - -- - -
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DECRETO NÚMERO'
219 5
t
DE
Continuación
del decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria Impuesta
a la Notaria cuarta del Círculo de Villavicencio - Meta
se efectúa un encar o·" Ho'a No. 2
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
República
da cumplimiento
a una sanción a instancias de autoridad competente,
son de
ejecución y contra los mismos no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo
Tercer&;
o y Registro,
comuníquese este;
revistos en el
artículo 174 de l"
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!a ~bogada
GLORIA EMMA
, sClphnano de la
misma.
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I
El Ministro del Interior y de Justicia,
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CARLOS HOLGuíN SARDI
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