Decreto No. 2297
PRESIDENCIA•
DE LA REPÚBLICA
DECRETO NÚMERO
2297
DE
2008
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Por el cual se delegan unas funciones constitucionales
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
C O N S I D E R A N D O:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 27 y 28 de junio del presente año, a
la ciudad de Villahermosa - (México), con el fin de asistir a la X CUMBRE DE JEFES DE ESTADO Y
DE GOBIERNO DEL MECANISMO DE DIALOGO DE CONCERTACIÓN
DE TUXTLA.
Que de conformidad
con las disposiciones
constitucionales
y con la precedencia establecida en la
ley, el
Ministro
de
Hacienda
y Crédito
Público,
está
habilitado
para
ejercer
las funciones
constitucionales
como Ministro Delegatario.
D E C R E T A:
ARTICULO
1°._ Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del
viaje a que se refieren los considerandos
del presente
Decreto,
deléganse
en el Ministro de
Hacienda y Crédito Público, doctor Oscar Iván Zuluaga Escobar, las funciones correspondientes
a
los siguientes asuntos:
1.
Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1° y 2°; 303, 304 Y 314.
2.
Artículo
150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades
extraordinarias
concedidas al Presidente de la República.
3.
Artículos 163, 165 Y 166.
4.
Artículos 200 Y 201.
5.
Artículos 213,214
Y 215.
ARTICULO 2°._
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
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