Decreto No. 2660

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REPÚBLICA DE COLOMBIA<br /> <b>PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA</b><br /> <b>DECRETO </b>NÚME~O<br /> 266 n<br /> <b>DE 2008</b><br /> Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo No.259 de 2008<br /> Cámara - 023 de 2008 Senado"<br /> POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA EL<br /> ARTIcULO<br /> 125 DE LA CONSTITUCiÓN<br /> POLfTICA"<br /> <b>EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA</b><br /> En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política y,<br /> <b>CONSIDERANDO:</b><br /> Que el Honorable<br /> Congreso<br /> de la República,<br /> remitió<br /> a la Presidencia<br /> de la<br /> República,<br /> para el trámite pertinente, el Proyecto de Acto Legislativo<br /> No. 259 de<br /> 2008 Cámara - 023 de 2008 Senado "Por medio del cual se adiciona el artículo 125<br /> de la Constitución Política".<br /> Que el citado Proyecto de Acto Legislativo,<br /> fue presentado<br /> a consideración<br /> del<br /> Honorable Congreso de la República por 20 Congresistas, el 12 de marzo de 2008.<br /> Que la Presidencia<br /> de la Cámara<br /> de Representantes<br /> dispuso<br /> su reparto<br /> a la<br /> Comisión Primera Constitucional<br /> Permanente de esa corporación el 12 de marzo de<br /> 2008.<br /> Que la publicación<br /> del Proyecto con su exposición<br /> de motivos se publicó en la<br /> Gaceta del Congreso No. 78 del 13 de marzo de 2008.<br /> Que el informe<br /> de<br /> la ponencia<br /> para<br /> primer<br /> debate<br /> en la Comisión<br /> Primera<br /> Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes se presentó el 2 de abril<br /> de 2008.<br /> Que la publicación del informe de ponencia para primer debate al proyecto de Acto<br /> Legislativo No. 259 de 2008 Cámara - 023 de 2008 Senado "Por medio del cual se<br /> adiciona el artículo 125 de la Constitución<br /> Política", se efectuó en la Gaceta del<br /> Congreso No. 111 del 7 de abril de 2008.<br /> Que el texto propuesto<br /> para primer debate (primera vuelta), fue considerado<br /> y<br /> aprobado<br /> por la Comisión<br /> Primera de la H. Cámara de Representantes,<br /> según<br /> consta en el Acta No. 29 del día 15 de abril de 2008; así mismo fue anunciado para<br /> \\!<br /> discusión<br /> y votación<br /> el día 9 de abril de 2008; así mismo fue anunciado<br /> para<br /> discusión y votación el día 9 de abril de 2008, según consta en el Acta No. 28 de esa<br /> misma fecha.<br /> Que la publicación<br /> del texto aprobado<br /> en primer debate<br /> (primera<br /> vuelta) en la<br /> comisión primera de la Honorable Cámara de Representantes<br /> al proyecto de Acto<br /> Legislativo No. 259 de 2008 Cámara se publicó en la Gaceta del Congreso No. 168<br /> del día 23 de abril de 2008.266 fj<br /> DECRETO NÚMERO<br /> DE<br /> 2007<br /> HOJA No.<br /> 2<br /> Continuación<br /> del Decreto "Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo<br /> No.259 de 2008 Cámara - 023 de 2008 Senado"<br /> POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA EL<br /> ARTIcULO<br /> 125 DE LA CONSTITUCiÓN<br /> POLlTICA"<br /> Que el informe de ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Acto Legislativo<br /> No. 259/08 Cámara fue aprobado el 17 de abril 2008 y publicado en la Gaceta del<br /> Congreso No. 168 de abril 23 de 2008.<br /> Que en sesión Plenaria de la Cámara de Representantes del día 6 de mayo de 2008,<br /> fue aprobado en Segundo Debate el Texto definitivo sin modificaciones del Proyecto<br /> de Acto Legislativo NO.259de 2008 Cámara "POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA<br /> EL ARTíCULO 125 DE LA CONSTITUCiÓN POLfTICA" (Primera Vuelta), según<br /> consta en Acta de Sesión Plenaria 106 de mayo 6 de 2008, previo su anuncio del día<br /> 29 de abril de 2008, según Acta de Sesión Plenaria 105.<br /> Que según Acta de Honorable Senado de la República - Secretaria General -<br /> Sustanciación Segunda Ponencia y Texto Definitivo de Junio 12 de 2008, informa<br /> que en Sesión Plenaria del H. Senado del día miércoles once (11) de julio del 2008<br /> fue considerado en Segundo Debate en primera vuelta el Proyecto de Acto<br /> Legislativo No. 23 de 2008 Senado - 259 de 2008 Cámara "Por medio del cual se<br /> adiciona el artículo 125 de la Constitución", Según consta en Acta de la Sesión<br /> Plenaria No. 54, previo su anuncio en la Sesión Plenaria del 10 de junio de 2008,<br /> Acta No. 53. Ponencia publicada en la Gaceta del congreso No. 292 de 2008.<br /> Que de conformidad con el artículo 375 de la Constitución Política, el Gobierno<br /> Nacional debe publicar los Proyectos de Acto Legislativo aprobados en el primer<br /> período ordinario.<br /> D E C R E T A:<br /> ARTíCULO PRIMERO.- Ordénase la publicación del Proyecto de Acto Legislativo<br /> NO.259 de 2008 Cámara - 023 de 2008 Senado "POR MEDIO DEL CUAL SE<br /> ADICIONA EL ARTíCULO 125 DE LA CONSTITUCiÓN POLfTICA", cuyo texto es el<br /> siguiente:<br /> PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No.<br /> (Primera Vuelta)<br /> "POR MEDIO DEL CUAL SE ADICION EL ARTíCULO 125 DE LA<br /> CONSTITUCiÓN"<br /> EL CONGRESO DE COLOMBIA,<br /> DECRETA:<br /> ARTíCULO 1°._Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 125 de la Constitución,<br /> así:<br /> PARÁGRAFO. Durante un tiempo de tres (3) años contados a partir de la vigencia<br /> del presente Acto Legislativo, la Comisión Nacional del Servicio Civil implementará<br /> ~.<br /> los mecanismos necesarios para inscribir de manera extraordinaria y sin necesidad<br /> de concurso público a los Servidores Públicos que se encuentran en provisionalidad<br /> o en encargo en un empleo por vacancia definitiva, siempre y cuando durante tres (3)<br /> años o más hayan desempeñado cargos de carrera, cumplido las calidades y<br /> requisitos exigidos para su desempeño al momento de comenzar a ejercerlo, con<br /> buen desempeño, y que acrediten en el caso de los encargos una calificación media<br /> del desempeño en un porcentaje igualo superior al ochenta por ciento (80%) del<br /> puntaje máximo posible durante todo el tiempo de servicio en cargos de carrera.<br /> Igual derecho lo tendrán los Servidores de las Carreras Especiales y de los Sistema"<br /> DECRETO NÚMERO<br /> 2660 DE<br /> 2007<br /> HOJA No.<br /> 3<br /> Continuación<br /> del Decreto "Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto legislativo<br /> NO.259 de 2008 Cámara - 023 de 2008 Senado"<br /> POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA El<br /> ARTIcULO<br /> 125 DE LA CONSTITUCiÓN<br /> POLlTICA"<br /> Específicos de Carrera, para lo cual la entidad competente, dentro del mismo término<br /> adelantará los trámites respectivos.<br /> Mientras se surte este procedimiento,<br /> se suspenden todos los trámites relacionados<br /> con los concursos<br /> públicos que actualmente<br /> se están adelantando<br /> y no se podrá<br /> iniciar ninguno.<br /> A lo anterior se exceptúan los concursos según lo dispuesto en el artículo 131 de la<br /> Constitución Política.<br /> ARTíCULO 2°._ El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación.<br /> (Firmado)<br /> EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA<br /> NANCY PATRICIA GUTIÉRREZ CASTAr\JEDA<br /> EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA<br /> EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD<br /> EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES<br /> OSCAR ARBOLEDA PALACIO<br /> EL<br /> SECRETARIO<br /> GENERAL<br /> DE<br /> LA<br /> HONORABLE<br /> CAMARA<br /> DE<br /> REPRESENTANTES<br /> (E)<br /> JESÚS ALFONSO RODRfGUEZ CAMARGO<br /> ARTíCULO<br /> SEGUNDO.-<br /> El presente<br /> Decreto<br /> rige a partir de la fecha<br /> de su<br /> publicación.<br /> PUBlíQUESE<br /> Dado en Bogotá, D.C., a los<br /> EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE J~A,<br /> /~~<br /> ~<br /> .<br /> C_"( FABIO VALENCIA COS~