Decreto No. 2731
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República de Colombia
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Uberlod y Orden
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto NúrMro 2 7 3 1
de 2009
(2 3 JUL 2009
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1142 de 2009.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del articulo 88 de la ley 1151
de 2007,
DECRETA:
Articulo 1. Modificase el Articulo 1 del Decreto 1142 de 2009, el cual quedará asl:
"Articulo 1. Garantia de Créditos destinados al mejoramiento de vivienda. El Banco de la
República en su calidad de administrador de los recursos del Fondo de Reserva para la
estabilización de Cartera Hipotecaria -FRECH-, y de acuerdo con las instrucciones que para el
efecto reciba del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá contratar al Fondo Nacional de
Garantías para que éste con cargo a los recursos del FRECH y hasta por un monto que no supere
los doce mil quinientos millones de pesos ($12.500.000.000) garantice operaciones realizadas por
los establecimientos de crédito, dirigidas a financiar el mejoramiento de vivienda.
Para tal efecto, mensualmente el Fondo Nacional de Garantias deberá informar al Banco de la
República, el monto de los recursos que éste debe girar del FRECH por concepto del otorgamiento
de la garantia contratada en los términos de este decreto."
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Articulo 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su P~IiC6iiÓ~
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de 2009 en lo pertinente.
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PUBLIQUESE y CÚMPLASE
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Dado en Bogotá D.C., a los
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