Decreto No. 2939
libertad y Orden
Ministerio
de Hacienda y Crédito Público
Decreto Número 2:9i3'9
de 2007
(3 Abu 2001
""'
-
Por el cual se modifica el Decreto 666 de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales
y legales, en especial de las contenidas en los
numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales a), c) , g) e i) del artículo
4° de la Ley 964 de 2005 y el literal c) del numeral 1° del artículo 48 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero
DECRETA:
Artículo 1. Modificase el numeral 3° del artículo 10 del Decreto 666 de 2007, el cual quedará así:
"3. Incluir en el respectivo contrato la forma en que se calculará la remuneración que la sociedad
autorizada recibirá por la realización de su gestión. Cuando las operaciones de cuentas de margen
se estén realizando dentro del marco del contrato de comisión, la remuneración no podrá estar
atada al resultado de dichas operaciones;"
Artículo 2. Deróguese el artículo 13 del decreto 666 de 2007.
--.------Decreto No.
29 3 9
Hoja No. 2 de 2
de
Continuación del Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 666 de 2007"
Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLíQUESE y CÚMPLASEDado en Bogotá D.C., a los
1
/
(
"
/
J
--'--