Decreto No. 3042
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MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMERO
3 O42 DE 2008
I
~
En ejercicio de las
172 de I~Ley
734
Que la Dirección de Vi
Registro, mediante fallo
de Primera instancia del
nvestigación disciplinaria
N° 154/05, impuso als'
I~EA,.identificado
con la
cédula de ciudadanía N° 8.
rto del Círculo de Medellín,
la sanción de Destitución del
Que mediante providencia del 14 de abril de 2{eJ(á8, 1~~iSuperintendente
de Notariado y Registro,
resolvió el recurso de apelación, modi~cando'
j)\~
~¡ji'm impuesta en primera instancia, por la
de Multa equivalente a ciento ochenta días de
básico mensual devengado.
Que conforme al artículo 172 numeral 3° de la Ley 734 de 2002, corresponde al nominador
hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los servidores públicos de libre
nombramiento y remoción o de carrera.
¡
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
~\.\.'
.
República da cumplimiento
a una sanción a instancias de autoridad competente,
son de
W'-
ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el
~ICUIO
49 delCódigoContencioso
Adin;iV~-?DECRETO NÚMERO,_3_0_4_2_DE
Continuación
del decreto "por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria
impuesta
Notario Cuarto del
Circulo de Medellln"
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Hoja No. 2
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- En cumplimiento' de lo dispuesto por la Dirección de Vigilancia de la
Superintendencia de Notariado y Registro en la resolución número 0442 del 30 de enero de
2007, modificada por la Superintende:nte de Notariado y Registro, según resolución número
2450 del 14 de abril de 2008, im
'
,sanción de
'alente
a ciento ochenta días
del salario básico mensua
or F"
O GARCES CORREA,
identificado con la cédu
49,80
e Notario Cuarto del
Círculo de Medellín.
ARTICULO TERCERO
xpedición y contra
él no procede recurso
ódigo Contencioso
Adm inistrativo.
El MINISTRO
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FAB'lOVAlENCIACOS
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