Decreto No. 3174
DE COLOMBIA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO NÚMERO
3174
DE
ti
"
2.1AGO2011
Por medio del cual se promulga el "Convenio de Tampere sobre el Suministro
de Recursos de
Telecomunicaciones
para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos de
Catástrofe",
hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en
cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y
C O N S ID E R A N DO:
Que la Ley 78 qél 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los Tratados, Convenios,
Convenciones,
Acuerdos,
Arreglos
u otros
actos
internacionales
aprobados
por el Congreso,
no se
considerarán
vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados
por el Gobierno en su
carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones
o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra
formalidad equivalente;
Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación
de los tratados y convenios internacionales
una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;
Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 847 del 6 de noviembre de 2003, publicada en el Diario Oficial No.
45.367 del 10 de noviembre de 2003, aprobó el "Convenio de Tampere sobre el Suministro de Recursos de
Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos de
Catástrofe ", hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998;
Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-557 del 1 de junio de 2004, declaró exequible la Ley 847 del 6 de
noviembre de 2003 y el "Convenio de Tampere sobre el Suministro de Recursos de Telecomunicacionespara
la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe ", hecho en Tampere,
Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998;
Que el 12 de junio de 2008, el Gobierno de Colombia depositó ante la Secretaria General de las Naciones
Unidas
el Instrumento
de Adhesión
al
"Convenio de Tampere sobre el Suministro de Recursos de
Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos de
Catástrofe ", hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998.En consecuencia, el citado
instrumento inte~acional
entró en vigor para Colombia el 12 de julio de 2008, de acuerdo a lo previsto en su
artículo 12;
.DECRETO NÚMERO
DE
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------ Hoja número 2
3174
Continuación del Decreto por medio del cual se promulga el "Convenio de Tampere sobre
el Suministro de Recursos de Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las
Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe", hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días
del mes de junio de 1998
Que al momento de depositar el Instrumento de Adhesión, el Gobierno Nacional formuló la siguiente reserva:
"El Gobierno de la República de Colombia manifiesta como reserva al párrafo 3° del articulo 11,
que el Estado Colombiano no se considera obligado por los procedimientos
de solución de
controversias en él previstos ".
DE C RE T A:
ARTÍCULO
PRIMERO:
Promúlgase el "Convenio de Tampere sobre el Suministro
de Recursos de
Telecomunicaciones
para
la Mitigación
de Catástrofes
y las Operaciones
de Socorro
en Casos de
Catástrofe ", hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998.
Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio de Tampere sobre el Suministro de
Recursos de Telecomunicaciones
para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos
de Catástrofe ", hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998.
ARTÍCULO
SEGUNDO:
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a lo