Decreto No. 3242
f
Ubertad v Orden
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGíA
3242
DECRETO NÚMERO
DE
(2 7 AGO 2017
Por el cual se corrige un yerro tipográfico en los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569
Y 2570 de julio 6 de 2007 por medio de los cuales se aprueban, respectivamente, los
programas
de enajenación de acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y
Crédito Público o Ministerio de Minas y Energía posee en EBSA ESP, CENS S.A.
ESP, EMSA ESP, ESSA S.A. ESP Y EEC S.A. ESP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas
en el Numeral 11 del Artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el 6 de julio de 2007 los Decretos 2560 y 2561 de
julio 6 de 2008 por medio de los cuales se aprueban, respectivamente, los programas
de enajenación de acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público
posee en la Empresa de Energía de Boyacá S.A. ESP Empresa de Servicios Públicos
(EBSA) y en Centrales Eléctricas de Norte del Norte de Santander S.A. ESP (CENS);
así como los
Decretos 2568, 2569 Y 2570 por medio de los cuales se aprueban,
respectivamente,
los
programas
de enajenación de acciones que la Nación -
Ministerio de Minas y Energía
posee
en
la
Electrificadora
del Meta S.A.
ESP
Empresa de Servicios Públicos (EMSA), en la Electrificadora de Santander S.A. ESP
Empresa
de
Servicios
Públicos (ESSA) y
en
la
Empresa
de
Energía
de
Cundinamarca S.A. ESP (EEC)..
Que una vez expedidos y publicados en el Diario Oficial 46.681, se advirtió un error
tipográfico en el inciso primero del Artículo 9° de los mencionados decretos, consistente
en que se hace referencia al Numeral 8 del Artículo 8 cuando debió referirse al Numeral
9 del Artículo 8°, como en realidad corresponde; yerro que debe ser corregido en
procura de la correcta aplicación e interpretación de las disposiciones en mención.
Que, en merito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTíCULO
1°. Corregir el yerro tipográfico en que se incurrió en el inciso primero del
Artículo 9° de los Decretos 2560, 2561, 2568, 2569 Y 2570 del 6 de julio de 2007 alDECRETO No.
3242
DE
Hoja No.
2
...ContinuaciónDecreto"Por el cual se corrige un yerro tipográfico en los Decrétos 2560, 2561, 2568, 2569 Y 2570
de julio 6 de 2007 por medio de los cuales se aprueban, respectivamente, los programas de enajenación de acciones
que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público o Ministerio de Minas y Energía posee en EBSA ESP, CENS
SA ESP, EMSA ESP, ESSA S.A. ESP y EEC SA ESP
"
hacer referencia al Numeral 8 del Artículo 8°, cuando debió referirse al Numeral 9 del
Artículo 8°, como corresponde en realidad.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
PuSLíaUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a
2 7 AGij 2001
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OSCARI
Ministro de
HERNÁN MARTíNEZ TORRES
Ministro de Minas y Energía