Decreto No. 3453
DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMERO
3~ 5 3
DE 2007
Por el cual se hace,
"im,;Gultural y Turístico de
Que el Viceprocurad
stancia del 9 de abril
de 2007, proferido d
102, impuso al señor
CARLOS
DíAZ RED
N° 3'976.471,
en su
condición de Alcalde
s, la sanción de multa
de noventa (90) días d
ce millones setecientos
noventa y nueve mil set
11.
Que según constancia s
Asesores en Contratación
Estatal de la Procuraduría
e 2007, el fallo se encuentra
debidamente ejecutoriado.
Que conforme al numeral 1° del artículo 172 d~i'
734 de 2002, corresponde al President.e
de
la República
hacer
efectivas
las sanqipes:'pisciplinarias
que
se impongan
a los
Gobernadores y Alcaldes de Distrito.
"'"
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del ~nsejo
de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radica ión 624, conceptuó qu
los actos mediante los
ales el Presidente de la
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DECRETA:
ARTíCULO
PRIMERO:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Viceprocurador
General de la
Nación
en fallo
de Primera
Instancia
del 9 de abril de 2007,
proferido
dentro
de la
investigación
disciplinaria
N° 154-77328-02,
el cual quedó ejecutoriado
el 27 de junio de
2007, hágase efectiva la sanción de multa de noventa (90) días de sueldo mensual, que
equivale a la suma de quince millones setecientos noventa y nueve mil setecientos noventa y
siete pesos ($15'799.797) mIl, impuesta al señor CARLOS DIAZ REDONDO, identificado con la
cc 3'976.471, en su condición de Alcalde del Distrito Cultural y Turístico de Cartagena de Indias.DECRETO NÚMERO __
3_4__5_3_ DE
Continuación del Decreto "Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Ex Alcalde del Distrito
Cultural y Turístico de Cartagena de Indias".
Hoja N° 2
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ARTíCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra
él no procede recurso alguno, de conformidad con el Artículo 49 del Código Contencioso
Administrativo.