Decreto No. 3466

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REPUBLlCA<br /> DE COLOMBIA<br /> MINISTERIO<br /> •<br /> DE TRANSPORTE<br /> DECRETO<br /> NÚMERO<br /> 3466<br /> "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo del Aeropuerto Internacional de<br /> El Dorado".<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA<br /> En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el<br /> artículo 45 de la Ley 489 de 1998<br /> DECRETA:<br /> ARTíCULO PRIMERO. Creación.<br /> Créase la Comisión Intersectorial para el Desarrollo del<br /> Aeropuerto Internacional de El Dorado.<br /> ARTíCULO SEGUNDO. Objetivos y Funciones. La Comisión Intersectorial para el Desarrollo<br /> del Aeropuerto Internacional de El Dorado tendrá los siguientes objetivos y funciones:<br /> 2.1. Asegurar la coordinación y la supervisión de las actividades de las entidades públicas para<br /> el desarrollo a mediano y largo plazo del Aeropuerto Internacional El Dorado.<br /> 2.2. Preparar y someter a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social,<br /> CONPES, los documentos relacionados con la política de proyección y expansión en el mediano<br /> y largo plazo del Aeropuerto Internacional de El Dorado.<br /> 2.3. Proponer la adopción de políticas públicas que orienten la gestión administrativa de las<br /> entidades públicas y territoriales hacia el desarrollo del Aeropuerto Internacional El Dorado como<br /> un elemento fundamental que promueve la integración económica del país y el desarrollo<br /> armónico de las regiones.<br /> 2.4. Formular parámetros que orienten a las entidades hacia una coordinada y eficiente gestión<br /> administrativa.<br /> 2.5.<br /> Formular directrices que propendan al fortalecimiento de la planeación sectorial del<br /> transporte en el ámbito nacional, regional y distrital a partir de la evaluación y monitoreo de la<br /> ejecución del contrato de Concesión para el Aeropuerto Internacional de El Dorado.<br /> 2.6. Darse su propio reglamento.<br /> 2.7. Las demás necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión Intersectorial<br /> para el desarrollo del Aeropuerto Internacional de El Dorado.3466<br /> DECRETO<br /> NUMERO<br /> ._ DE 2007<br /> No.2<br /> "Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo del Aeropuerto Internacional de El Dorado".<br /> ARTíCULO TERCERO. Integración.<br /> La Comisión Intersectorial para el Desarrollo del<br /> Aeropuerto Internacional de El Dorado estará integrada por:<br /> El Vicepresidente de la República<br /> El Ministro de Transporte<br /> El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado<br /> El Director de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil<br /> PARÁGRAFO 1°: La presidencia de la comisión Intersectorial será ejercida por el Ministro de<br /> Transporte.<br /> El Alcalde Mayor de Bogotá D. C., el Gobernador de Cundinamarca, el representante legal de la<br /> sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de El Dorado y el presidente de la Junta<br /> Directiva podrán asistir como invitados de la Comisión.<br /> PARÁGRAFO 2":<br /> En cuanto las decisiones de la Comisión involucren a uno o más sectores,<br /> deberán participar en calidad de invitados los Ministros o Directores de las Entidades Públicas<br /> correspondientes dependiendo de la decisión o asunto a tratar.<br /> PARÁGRAFO 3°: La comisión Intersectorial para el Desarrollo del Aeropuerto Internacional de<br /> El Dorado contará con una secretaría técnica para su soporte y apoyo, la cual estará a cargo de<br /> la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil.<br /> ARTíCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.<br /> PUBLíQUESE y CÚMPLASE<br /> 1 SEP2011<br /> O /~'1<br /> Dado en Bogotá, D.C., a<br /> ,,/<br /> ,.<br /> ,.<br /> /<br /> <i>l</i><br /> 1<br /> ,./<br /> .<br /> / II<i>/i</i><br /> <i>I</i><br /> /<br /> I<br /> <i>I</i><br /> i<br /> ~/<br /> El Ministro de Transporte