Decreto No. 3517
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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
3517
DECRETO NUMERO
DE 2008
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Por el cual se modifica el Decreto 32
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de 2008
El PRESIDENTE DE lA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,
con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes6a.
de 1971 y 7a. de 1991, oído el
Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior y,
DECRETA
ARTíCULO 1°, Modificase el artículo 10 del decreto
3271 del 2 de septiembre de 2008, el cual
quedara así:
"Establecer un gravamen Flrancelario del 40% para las importaciones de productos del sector de
confecciones
de materias textiles clasificables por los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas
siempre que los precios FOB declarados sean inferiores a los precios indicativos determinados
por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales."
ARTíCULO 22, El presente Decreto rige a partir de su publicación.
PUBlíaUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, a los
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MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
OSCAR IVA
MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO AD - ~
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