Decreto No. 3524
Ministerio
de Comercio,
industria
y Turismo
Decreto Ng. 3524
de 2009
•
1 5 SEP2008
"Por el cual se modifica la planta de personal
de la Superintendencia
de Industria y Comercio"
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA
DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 54 y 115
de la ley 489 de 1998 y el artículo 13 del decreto ley 770 de 2005; y,
CONSIDERANDO:
Que para dar cumplimiento
a lo dispuesto en el Decreto ley
770 de 2005, la
Superintendencia de Industria y Comercio requiere hacer los ajustes a la planta de
personal
actual,
con
el fin
de adecuar
los empleos
a la nomenclatura
y
clasificación establecida en el Decreto 2489 de 2006;
Que la Superintendencia
de Industria y Comercio presentó el estudio técnico de
que trata el artículo 46 de la ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto
1227 de 2005 para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo
concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que la Superintendencia
de Industria y Comercio para el propósito de modificar la
planta
de personal
cuenta
con certificado
de viabilidad
presupuestal
de la
Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público.
\\
/
'lo.",
DECRETA:
,
ARTíCULO
PRIMERO:
Suprímense
de
la
planta
de
personal
de
la
Superintendencia de Industria y Comercio los siguientes cargos:
[-CN-O~ de
Dependencia y Denominación del Empleo
argos
~
.
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
--1.iUno)
Asesor
.
1020
12
~_u_a_trQL
rl'-~~_so_r_
1020
. 09
2 (Dos) _'_ Asesor
.
.
1020
.51.7 _
I 1 (UnO)
Asesor
1020
06----,
2 (Dos)
Asesor
1020
04!
I
PLANTA GLOBAL
-:
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j;_-~--_~:~g-=-~-í-~_s-i_~o-,_a-n
A_~S=-~-~-::-a=_d~_:-~---=o_m_lJ~_i_Ca_~_l~_n-_-e=s-'-+J-~~-:~_tDECRETO NÚMERO 3524.
DE
_
Hoja N° 2
Continuación del decreto "Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio"
Dependencia y Denominación del Empleo
Código
Grado
Profesional Es ecializado
2028
13
-----
Profesional Universitario
2044
11
Profesional Universitario
2044
09
Profesional Universitario
2044
07
Profesional Universitario
2044
05
Profesional Universitario
2044
01
Técnico Administrativo
3124
15
Técnico Administrativo
3124
09
ARTíCULO
SEGUNDO:
Las funciones
propias
de
la Superintendencia
de
Industria y Comercio serán atendidas por la planta de personal que a continuación
se establece:
No.de
Dependencia y Denominación del empleo
Código
Grado
Cargos
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 (Uno)
Superintendente
0030
1 (Uno)
Asesor
1020
14
2 (Dos)
Asesor
1020
12
1 (Uno)
Asesor
1020
05
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
19
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
11
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo
4210
18
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
13
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
DELEGADO PARA LA PROMOCiÓN DE LA
COMPETENCIA
1 (Uno)
Superintendente
Delegado
0110
19
1 (Uno)
Asesor
1020
09
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
DELEGADO PARA LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
1 (Uno)
Superintendente
Delegado
0110
19
1 (Uno)
Asesor
1020
09
1 (Uno)
Asesor
1020
06
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
DELEGADO PARA LA PROTECCiÓN DEL
CONSUMIDOR
1 (Uno)
Superintendente
Delegado
0110
19
1 (Uno)
Asesor
1020
04
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
DELEGADO PARA ASUNTOS
JURISDICCIONALES
1 (Uno)
Superintendente
Delegado
0110
19
1 (Uno)
Asesor
1020
09
1 (Uno)
Asesor
1020
04
PLANTA GLOBAL
1(Uno)
Secretario General
0037
19DECRETO NÚM~O
3524
DE
_
Hoja N° 3
Continuación del decreto "Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio"
No.de
Dependencia
y Denominación
del empleo
Código
Grado
Cargos
4 (Cuatro)
Director de Suoerintendencia
0105
11
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
16
1(Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
09
1(Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
09
7 iSiete)
Profesional Esoecializado
2028
17
20 (Veinte)
Profesional Especializado
2028
13
17
Profesional Universitario
2044
11
'Diecisiete)
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
10
42 (Cuarenta
Profesional Universitario
2044
09
Iv dos)
29
07
Profesional Universitario
2044
I Neintinueve)
26
05
Profesional Universitario
2044
I (Veintiséis)
25
Profesional Universitario
2044
03
I (Veinticinco)
29
Profesional Universitario
2044
01
¡ (Veintinueve)
6 (Seis
Técnico Administrativo
3124
15
19
Técnico Administrativo
3124
11
;(Diecinueve)
7 (Siete)
Técnico Administrativo
3124
09
16 (Dieciséis)
Técnico Administrativo
3124
07
5 (Cinco)
Secretario Ejecutivo
4210
18
3 (Tres
Secretario Ejecutivo
4210
16
14 Catorce)
Auxiliar Administrativo
4044
11
6 (Seis)
Auxiliar Administrativo
4044
-00-
14 Catorce)
Auxiliar Administrativo
4044
08
2 (Dos
Auxiliar Administrativo
4044
07
9 (Nueve)
Secretario
4178
13
4 (Cuatro)
Secretario
4178
11
5 (Cinco)
Secretario
4178
10
7 (Siete)
Secretario
4178
08
2 (Dos
Operario Calificado
4169
09
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
13
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
11
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
09
3 (Tres)
Auxiliar
de Servicios Generales
4064
03
ARTíCULO
TERCERO:
Los empleados públicos de carrera administrativa
de la
Superintendencia de Industria y Comercio a quienes se les suprime el cargo como
consecuencia
de lo dispuesto en el articulo 13 del Decreto 770 de 2005, serán
incorporados directamente
en un empleo equivalente establecido
en el presente
decreto y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente
a los
empleos que desempeñan
actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación
a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
ARTíCULO CUARTO:
Los empleados de carrera administrativa
a quienes se les
supriman el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto y no sean
incorporados en los cargos que establece el artículo segundo del mismo, tendrán
derecho
a
optar
por
la
reincorporación
a
empleo
equivalente
o
por
laDECRETO NÚME(J> 3 5 2 4 DE
_
Hoja N° 4
Continuación del decreto "Por el cual se modifica la pianta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio"
indemnización
según el proceso señalado en la Ley 909 de 2004, en el Decreto
Ley 760 de 2005 y el Decreto 1227 de 2005.
ARTíCULO
QUINTO:
La incorporación
de los funcionarios
a la nueva planta de
personal
que se establece
en el presente
decreto,
se hará conforme
a las
disposiciones
legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes sesenta
(60) días, contados a partir de su publicación.
Los empleados
públicos
continuarán
percibiendo
la
remuneración
mensual
correspondiente
a los empleos
que desempeñan
actualmente,
hasta tanto se
produzca la incorporación
a la nueva planta de personal y tomen posesión del
cargo.
ARTíCULO
SEXTO:
El Superintendente
de Industria
y Comercio,
mediante
resolución, distribuirá
los cargos de la planta global a que se refiere el artículo
segundo
del presente
Decreto
y ubicará el personal
teniendo
en cuenta
la
estructura, los planes, los programas, los proyectos, los procesos, las actividades
y las necesidades del servicio de la Entidad.
ARTíCULO SÉPTIMO: Suprimense a partir del treinta y uno (31) de diciembre de
dos mil nueve (2009) los siguientes
empleos de la planta de personal de la
Superintendencia de Industria y Comercio:
No. de
Dependencia
y Denominación
del Empleo
Código
Grado
Car os
PLANTA GLOBAL
1
Profesional Universitario
2044
07
2
Profesional Universitario
2044
05
1
Profesional Universitario
2044
03
1
Profesional Universitario
2044
01
1
Técnico Administrativo
3124
09
ARTíCULO
OCTAVO:
El presente
Decreto
rige a partir de la fecha
de su
publicación y deroga el Decreto 2661 de 1999 y demás disposiciones que le sean
contrarias.
15 SEP2009
PUBlíQUESE
y CÚMPLASE,
Dado en Bogotá, D.C.,
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EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,DECRETO NúMÉko3 524
DE
_
Hoja N° 5
Continuación del decreto "Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia
de Industria y Comercio"
EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO
ADMI
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
\; .\\
V
~
"LIZAS TH RO RIGUEZTAYL~
c.,