Decreto No. 356
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DECRETO NÚMERO
356
DE 2008
(
8 FEB 2008
Por el cual se designa un miembro del Consejo Nacional de Seguridad Social en
Salud
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las
conferidas por la Ley 100 de 1993, en concordancia con los Decretos 851 de 1994
y 883 de 1998 y,
CONSIDERANDO
Que mediante
Decreto
3890 de octubre
10 de 2007, el Gobierno
Nacional
designó como representante
de las Entidades Departamentales
de Salud ante el
Consejo
Nacional
de Seguridad
Social en Salud,
al Doctor Alfonso
Enrique
Ramírez Hernández,
Director del Instituto Departamental
de Salud de Norte de
Santander, quien tomó posesión del cargo con el Acta No. 087 del 2 de noviembre
de 2007.
Que el doctor Alfonso
Enrique
Ramírez
Hernández,
desempeño
el cargo de
Director del Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander hasta el 2 de
enero de 2008.
Que con oficio FND046/08
de febrero 4 de 2008, la Federación
Nacional de
Departamentos
presentó terna conformada
por los doctores Carlos Mario Rivera
Escobar,
Secretario
Seccional
de Salud de Antioquia,
Irma Camacho' Tejada,
Directora del Departamento
Administrativo
de Salud del Putumayo y Edga'r Gallo
Carreño, Secretario de Salud de Santander, con el fin de elegir el representante
de
las Entidades
Departamentales
de Salud
ante
el Consejo
Nacional
de
Seguridad Social en Salud.
Que en cumplimiento
del Decreto 851 de 1994 y 883 de 1998, se procede a
designar a uno de los miembros de la terna inscrita por la Federación Nacional de
~
Departamentos
con oficio FND046/08 de febrero 4 de 2008, como representante
de
las Entidades
Departamentales
de Salud
ante
el Consejo
Nacional
de
Seguridad Social en Salud, por un periodo de dos años.
Que en mérito de lo expuesto,DECRETO NÚMéRÓ r
356. DE 2006
HOJA No
2
Por el cual se designa un miembro del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
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DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO.-
Designar ante el Consejo Nacional de Seguridad Social
en Salud al doctor CARLOS MARIO RIVERA ESCOBAR, identificado con la
cédula de ciudadanía No. 15.501.868
de Copacabana - Antioquia, corno
representante de las Entidades Departamentales de Salud, por un periodo de dos
años.
ARTíCULO
SEGUNDO.-
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
.
Dado en Bogotá D.C., a los
8 FEB 2008
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CIEGO PALAC~
ETANCOURT
Ministro de la ~~1eCCión
Social