Decreto No. 3624
DE COLOMBIA
•
Libertad y Orden
MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMERO
36:! 4
DE 2008
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Por el cual se designa un Notario en propiedad
ELMINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO No. 3539
.
DEl16 DE 'SEPTiEMBREDE 2008
Enejercicio de susfacultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren, el artículo 161del decreto 960 de 1970,
el artículo 5° del Decreto 2163de 1970,los artículos 61 y 66 del Decreto
Reglamentario 2148de 1983y
CONSIDERANDO
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de
notario en propiedad debe proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a
Concurso Público y Abierto para el Nombramiento
de Notarios en
Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad
el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformó la
Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los
Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Casanare, Vichada,
Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo y San Andrés, la cual
fue conformada por círculo notarial, con los nombres y documentos de
identidad
de quienes en estricto orden descendente,
obtuvieron los
mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones
correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el
mínimo fijado
para la integración de las listas de elegibles de sesenta
puntos (60). (Decreto 926 de 2007y artículo 19del Acuerdo 01 de 2006).
Que
la
designación
de
los
Notarios de
Primera Categoría
es
competencia del Gobierno Nacional.
Que el doctor Miguel Arturo Linero de Cambil, identificado con la cédula
de ciudadanía
N°. 8'743.239, aspirante a Notario Treinta y Nueve del
Círculo de Bogotá D.C., obtuvo un puntaje total de 87,0333333puntos,
resultando elegible en ese círculo notarial.DECRETO NÚMERO
Hoja N° 2
Por el cual se designa un Nota~io en propiedad
Que por lo expuesto,
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO: N6>mbraseen propiedad,
al doctor Miguel Arturo
Linero de
Cambil, idéntificado
con
la cédula
de
ciudadanía
N°.
8'743.239,como Notario Treinta y Nueve del Círculo de Bogotá D.C.
,
ARTíCULO SEGUNDO: Para tomar posesión de este cargo, el designado
deberá acreditar ante: la Superintendencia de Notariado y Registro la
documentación de ley.!
!
ARTíCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
[Dado en Bogotá, D.C., a los
2 2 SEP 2DOa
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El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
FABIO VALENCIA COSSlp