Decreto No. 3642
DE COLOMBIA
•
Libertad y Orden
DECRETO NÚMERO
3642'
DE 2008
(
Porel cual se designa un Notario en propiedad
ELMINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
DELEGATARIO DE FUNCIONES .PRES,IDENCIAL~S MEQI,ANTE DECRETO No. 3539
DEL 16 DE SEPTlEMB"RE'
DE' 2008
Enejercicio de susfacultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren, el artículo 161 del Decreto 960 de 1970,
el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, los artículos 61 y 66 del Decreto
Reglamentario 2148 de 1983 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de
notario en pr~piedad
debe proveerse,por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó a
Concurso Público y Abierto para el Nombramiento
de Notarios en
Propiedad y el Ingreso a la Carrera Notarial, para proveer en propiedad
el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 142 de 2008, el Consejo Superior conformó la
Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los
Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Casanare, Vichada,
Meta, Guaviare, Caquetá, Amazonas, Putumayo y San Andrés, la cual
fue conformada por círculo notarial, con los nombres y documentos de
identidad
de quienes en estricto orden descendente,
obtuvieron los
mayores puntajes, como resultado de la suma de las calificaciones
correspondientes a las distintas fases del concurso, de acuerdo con el
mínimo fijado
para la integración de las listas de elegibles de sesenta
puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y artículo 19 del Acuerdo 01 de 2006).
Que
la
designación
de
los
Notarios de
Primera Categoría
es
competencia del Gobierno Nacional.'
Que el Doctor Jorge Eliécer Chauta Jiménez, identificado co.n la CédUla~,
de ciudadanía No. 19' 105.241, aspirante a Notario Segundo del Círculo
de Girardot (Cundinamarca), obtuvo un puntaje total de 66,55 puntos,
resultando elegible en ese círculo notarial.DECRETO NÚMERO
Por el cual se designa un Notario en propiedad
Porlo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO: Nómbrese en propiedad, al Doctor Jorge Eliécer
Chauta
Jiménez, identificado
con
la cédula
de
ciudadanía
No.
19'105.241 como
Notario
Segundo
del
Círculo
de
Girardot
(Cundinamarca) .
ARTíCULO SEGUNDO: Para tomar posesión de este cargo, el designado
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la
documentación de ley.
ARTíCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
PUBlíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
x~~~~~~~
,
FABIO VALENCIA COSSIO
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