Decreto No. 367
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL""'·''''''
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DECRETO, No. ~ 67
9 FES 2009
"Por el cual se fija plazo para presentar solicitud de registro de los programas de educación para el trabajo y el
desarrollo humano que actualmente ofrecen las instituciones formadoras.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales
y legales, en especia1las que le confiere el artículo 189 numeral
11 de la Constitución Política, el artículo 42 de la Ley 115 de 1994 y la Ley 1064 de 2006,
DECRETA:
ARTÍCULO
1. Fijase el día treinta y uno (31) de julio del año 2009 como plazo máximo para presentar la
solicitud de renovación del registro para los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano, que
al entrar a regir el Decreto 2888 de 2007 contaban con autorización oficial otorgada por la respectiva secretaría
de educación de la entidad territorial certificada en educación.
ARTÍCULO
2. Las solicitudes de registro de los programas de que trata el artículo anterior, presentados con
anterioridad a la vigencia del presente decreto, continuaran
el proceso de evaluación en la etapa en que se
encuentren.
ARTÍCULO
3. La secretaria de educación de la entidad territorial certificada en educación procederá a la
cancelación
del registro del respectivo programa
respecto del cual la institución
educativa
no presente
la
solicitud de registro dentro del plazo establecido. En firme el acto administrativo que ordena la cancelación del
registro, la institución
educativa
no podrá admitir nuevos estudiantes
en el correspondiente
programa
y
garantizará
a los estudiantes matriculados
con anterioridad
a la cancelación
del registro, su oferta hasta la
terminación del programa .•
ARTÍCULO 4. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el artículo 24 del Decreto 2888 de
9 FEij~9
2007.
PUBLIQUESE Y CúMPLASE
Dado en Bogotá, D.c., a los
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LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NAClO
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