Decreto No. 3670
DE COLOMBIA
•
Libertad y Orden
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMERO
3670
DE 2008
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Por el cual se designa un Notario en propiedad
ELMINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,
DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO No. 35-39
DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2008
Enejercicio de susfacultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren, el artículo 161del Decreto 960 de 1970,
el artículo 50 del Decreto 2163 de 1970,los artículos 61 y 66 del Decreto
Reglamentario 2148 de 1983y
CONSIDERANDO
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de
notario en propiedad debe proveerse por concurso.
Que en virtud del Acuerdo 1 de 2006, el Consejo Superior convocó
a
Concurso Público y Abierto para: el Nombramiento
de Notarios en
Propiedad y el Ingreso a la Carrera"Notarial, para proveer en propiedad
el cargo de Notario en diferentes círculos notariales del territorio nacional.
Que mediante Acuerdo 124 de 2008, el Consejo Superior conformó la
Lista de Elegibles para proveer en propiedad el cargo de Notario en los
Departamentos
de
Atlántico,
Bolívar, Cesar, Córdoba,
La Guajira,
Magdalena y Sucre, la cual fue conformada
por círculo notarial, con los
nombres y documentos
de identidad
de quienes en estricto orden
descendente,
obtuvieron los mayores puntajes, como resultado de la
suma de las calificaciones
correspondientes a las distintas fases del
concurso, de acuerdo con el mínimo fijado
para la integración de las
listasde elegibles de sesenta puntos (60). (Decreto 926 de 2007 y artículo
19 del Acuerdo 01 de 2006).
Que
la
designación
de
los
Notarios
de
Primera
Categoría
es
competencia
del Gobierno Nacional.
Que el Doctor Jaime Rafael Azar Martínez, identificado con la cédula de
ciudadanía
N° 5' 159.172, aspirante a Notario Segundo del Círculo de
Riohacha (La Guajira), obtuvo un puntaje total de 68,9333333 puntos, tI.
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resultando elegible en ese círculo notarial.DECRETO NÚMERO
3670
Por el cual se designa un Notario en propiedad
Que por lo expuesto,
DECRETA
ARTíCULO PRIMERO: Nómbrese en propiedad, al doctor Jaime Rafael Azar
Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía N° 5' 159.172,como
Notario Segundo del Círculo de Riohacha (La Guajira).
ARTíCULO SEGUNDO: Para tomar posesión de este cargo, el designado
deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro la
documentación de ley.
ARTíCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE 2
Dado en 80g016, D.C., a
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El MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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