Decreto No. 377
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REPÚBLICA
DE COLOMBIA
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
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377
DECRETO NÚMERO\"
DE
9FEB 2009
Por medio del cual se promulga el "CONVENIO DE ESTOCOLMO
SOBRE CONTAMINANTES
ORGÁNICOS PERSISTENTES"
hecho en Estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "CORRECCIÓN
AL ARTíCULO
1° DEL TEXTO ORIGINAL EN ESPAÑOL" del 21 de febrero de 2003 y el "ANEXO
G. AL CONVENIO DE ESTOCOLMO" del 6 de mayo de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de
Colombia y en cumplimiento de la Ley 7 de 1944, y
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ley 7a del 30 de noviembre de 1944, en su artículo primero dispone que los Tratados,
Convenios,
Convenciones,
Acuerdos,
Arreglos
u otros actos internacionales
aprobados
por el
Congreso,
no
se
considerarán
vigentes
como
leyes
internas,
mientras
no
hayan
sido
perfeccionados
por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones
o el
depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;
Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación
de los tratados y convenios
internacionales
una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;
Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1196 del 05 de junio de 2008, publicada en el Diario
Oficial
No. 47.011
del
05 de junio
de
2008,
aprobó
el
"Convenio
de
Estocolmo
Sobre
Contaminantes
Orgánicos
Persistentes"
hecho
en Estocolmo·
el 22 de mayo
de 2001.
la
"Corrección al Artículo 1° del Texto Original en Españof' del 21 de febrero de 2003 y el "Anexo G.
al Convenio de Estocolmo" del 6 de mayo de 2005;
Que la Corte Constitucional,
en Sentencia C-944 del 01 de octubre de 2008, declaró exequible la
Ley 1196 del 05 de junio de 2008 y el "Convenio de Estocolmo Sobre Contaminantes
Orgánicos
Persistentes"
hecho en Estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "Corrección al Artículo 1° del Texto
•
Original en Españof' del 21 de febrero de 2003 y el "Anexo G. al Convenio de Estocolmo" del 6 de
mayo de 2005;377
DECRETO NÚMERO
DE -----
Hoja número 2
Continuación
del
Decreto
por
medio
del
cual
se
promulga
el
IICONVENIO
DE
ESTOCOLMO
SOBRE
CONTAMINANTES
ORGÁNICOS
PERSISTENTES"
hecho
en
Estocolmo
el 22 de mayo de 2001, la "CORRECCIÓN
AL ARTíCULO
1° DEL TEXTO
ORIGINAL EN ESPAÑOL" del 21 de febrero de 2003 yel "ANEXO G. AL CONVENIO DE
ESTOCOLMO"
del 6 de mayo de 2005.
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Que el 23 de octubre de 2008, Colombia depositó ante la Secretaría
General de las Naciones
Unidas el Instrumento de Ratificación del "Convenio de Estocolmo Sobre Contaminantes
Orgánicos
Persistentes" hecho en Estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "Corrección al Artículo 1° del Texto
Original en Españof' del 21 de febrero de 2003 y el "Anexo G. al Convenio de Estocolmo" del 6 de
mayo de 2005, en consecuencia
el citado Instrumento Internacional entró en vigor para Colombia
el 20 de enero de 2009 de acuerdo a lo previsto en su 'artículo 26 numeral 2.
D E C R E T A:
ARTíCULO
PRIMERO: Promúlgase el "Convenio de Estocolmo
Sobre Contaminantes
Orgánicos
Persistentes"
hecho en Estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "Corrección al Artículo 1° del Texto
Original en Españof' del 21 de febrero de 2003 y el "Anexo G. al Convenio de Estocolmo" del 6 de
mayo de 2005.
Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio de Estocolmo Sobre
Contaminantes
Orgánicos
Persistentes"
hecho
en Estocolmo
el 22 de mayo
de 2001,
la
"Corrección al Artículo 1° del Texto Original en Españof' del 21 de febrero de 2003 y el "Anexo G.
al Convenio de Estocolmo" del 6 de mayo de 2005.
2D:: 9
ARTíCULOSEGUNDO:
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su PUblitEEB
,
i
;
PUBlíQUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a lo