Decreto No. 3781
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
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MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
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DECRETO N~• MER6
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Por el cual se prorroga la vigencia de a
omisión para la reforma a la Jurisdicción
Contencioso Administrativa,
creada mediante Decreto 4820 de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por los articulos 189 numeral 11 de la Constitución Politica y 45 de la Ley 489 de
1998, y
e O N S I D E R A N D O:
Que mediante el Decreto 4820 de 2007, modificado y adicionado por los Decretos
453 y 2461 de 2009, se creó la Comisión
para la reforma a la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, la cual debía rendir su informe final en un plazo de un
año.
Que a través del artículo 2° del Decreto 453 del 17 de febrero de 2009, se modificó el
parágrafo del artículo 5° del Decreto 4820 de 2007, en el sentido de indicar que la
Comisión debe rendir su informe final el 31 de julio de 2009.
Que por Decreto 2461 del 2 de julio de 2009, se fijó el 30 de septiembre de 2009,
para que la Comisión rinda el informe final.
Que el Presidente del Honorable Consejo de Estado, mediante escrito del 23 de
septiembre de 2009, dirigido al Ministro del Interior y de Justicia, le solicitó gestionar
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la expedición de un acto administrativo a través del cual se amplie el plazo previsto
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en el Decreto 4820 de 2007, modificado y adicionado por los Decretos 453 y 2461 de
2009, hasta el 15 de noviembre del mismo año, para efectos de culminar la fase de
socialización del proyecto y posteriormente incorporar los ajustes que se consideren
oportunos.
Que teniendo en cuenta la solicitud que antecede, se considera viable modificar el
parágrafo del artículo 5° del Decreto 4820 de 2007, modificado y adicionado por los
Decretos 453 y 2461 de 2009, para que la Comisión continúe en el proceso de
socialización e incorporación de ajustes al proyecto de reforma hasta .el 15 ~~
noviembre de 2009.
fl/ ;/1DECRETO NÚMERO
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DE2009
HOJA No._2_
Continuación del Decreto" Por el cual se prorroga la vigencia de la Comisión para la reforma a la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, creada mediante Decreto 4820 de 2007",
DECRETA:
Articulo Primero.- Modificase el parágrafo del artículo 5° del Decreto 4820 de 2007,
modificado por los Decretos 453 y 2461 de 2009, el cual quedará así:
"Parágrafo. La Comisión deberá rendir su informe final el día 15 de noviembre de
2009".
Artículo Segundo.- Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLiQUESE
y CÚMPLASE
3 O~ 2009
Dado en Bogotá, D. C., a los
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El Ministro del Interior y de Justicia,
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BIO VALENCIA COSSIO
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Revisó: Héctor Adolfo Sintura Varela. Asesor Despacho Ministro
Elaboró; Life Annando Delgado Mendoza. Coordinador GAA~