Decreto No. 384
REPUBLlCA
DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO
3 8 ~
DE
1 2 fES 2008
Por el cual se declara terminado el "ACUERDO CONSTITUTIVO DEL
CENTRO DEL SUR, firmado en Ginebra, el 01 de septiembre de 1994.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución
Política de Colombia, en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 4Q dispone que cuando
un Tratado, Convenio, Convención, etc., dejen de regir para Colombia por virtud de
denuncia,
caducidad
o cualquiera
otra causa, el Órgano
Ejecutivo
dictará
un
decreto en que se declare esta circunstancia, con determinación de la fecha en que
el Acuerdo dejará de tener vigencia para el Estado colombiano;
Que el 9 de noviembre de 2007, la República de Colombia depositó ante la
Secretaría
General
de las Naciones
Unidas; Oficina
de Asuntos
Jurídicos,
Sección Tratados el Instrumento de Denuncia del "ACUERDO CONSTITUTIVO
DEL CENTRO DEL SUR, firmado en Ginebra, el 01 de septiembre de 1994;
Que de conformidad con el artículo XVIII del "ACUERDO CONSTITUTIVO DEL
CENTRO DEL SUR", firmado en Ginebra el 1 de septiembre de 1994, la denuncia
del mismo procede sesenta días después
de que el Depositario
reciba la
notificación.
En consecuencia,
el citado Instrumento
Internacional
quedó sin
vigor para Colombia a partir del 1O de enero de 2008;
~384
,
DEeRETO
NUMERO
DE
_
-
Hoja número
2
Continuación del Decreto por medio del cual se declara terminado el "ACUERDO
CONSTITUTIVO
DEL CENTRO DEL SUR", firmado en Ginebra, el 01 de septiembre
de
1994);
DECRETA:
ARTíCULO PRIMERO: Declárase por terminado el "ACUERDO
CONSTITUTIVO
DEL CENTRO DEL SUR", firmado en Ginebra el 01 de septiembre de 1994, a partir
del 10 de enero de 2008.
ARTíCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
PUBlíaUESE y CÚMPLASE,
Dado en Bogotá, D.C., a los
.
/ /l!
/
\
/
\
-
~
. 7~C2t-c<-
¿:z. t.-()
FERNANDO ARAÚJ
PERDOMO
~
Ministro de Relaciones Exteriores
./