Decreto No. 3859
DE COLOMBIA
MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
DECRETO NÚMERQ
3859 DE 2008
Por el cual se hace efectiva unasa
aria impuesta alGobernaeGr del
Departam
Amazonas
.
EL PRESIDENTE DisLA REPUBUCA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 172 deJatey
734 de 2002,
y,
CONSIDE_NDO:
Que la Procuraduría Delegad~~ara.la
Morafídacr·Pública,..I'T1~~¡i~~te
fallo de Primera
Instancia
del 13 de abril de 2007, profe'r~~(¡)(dentro
de la. investigaeiq~J$'eiplinaria
No. 162-103999-04,
impuso al señor JOSÉ TOMÁSJQOIÑONEZ"("íJtI'A'EZ, ¡den
do con la C.C No. 17.123.256,
sanción
disciplinaria
consistente
en
destitución,
en
su
condición
de
Gobernador
del
Departamento del Amazonas, e inhabilidad general por el término de doce (12) años
Que mediante providencia del 11 de diciembre de 2007, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría
General
de la Nación resolvió el recursq.de
apelación
interpuesto
por el disciplinado,
confirmando la sanción impuesta.
::"
.,'0;<:,:-.-".;
Que según constancia
~.~~crita.por
..TI~e>ordipador
d,
I~¡
Yni~.(J~
C(.)or~il1adora
para la
Contratación
FEstatat d~l!bespaeño
deli.?Pr4>curadqtGe'rneral de lila.....
Niac1ón de fecha 2 de
septiembre de 2008; elfaUo s~ hallaidebit\tarmenteej'ecutolYiado.
Que conforme al artículo 172 de la Ley 734 de 2002, corresponde al Presidente de la República
hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se impongan a los Gobernadores y Alcaldes de
Distrito.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de
julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la
República da cumplimiento
a una sanción a instancias de autoridad competente,
son de
ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.DECRETO NÚMERO _3_8_5_9__
DE
Continuación del decreto "por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta
al Gobemador del Departamento del
Amazonas, seiior JOSÉ ToMAs QUIÑONEZ NUÑEZ"
'"
'"
Hoja No. 2
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: En cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador Delegado para la
Moralidad Pública en fallo de Primera Instancia del 13 de abril de 2007, proferido dentro de la
investigación disciplinaria No. 162-103999-04, confirmado según providencia del 11 de
diciembre de 2007 de la Sala piacipli!'l~ria
de. la Procur~d~ría
General de la Nación, hágase
efectiva la sanción de destitución alse~or
JQSÉ TOMA$~I!iIIÑQNEZ
NUÑEZ, identificado con
la C.C. No. 17.123.256,en ejercici(ifd~IGargo de Gobern~(:)rcleIDepartamento
del Amazonas
e inhabilidadgeneral por el términoide.dc;)~ (12) años.
ARTICULO SEGUNDO: El presente Decret~ir~t
e.~firlirde
la fecha de sU expediciél'l y contra
él no procede recurso alguno, de conformic~
el artículo 49 del Código Contencioso
Administrativo.
,
2 OCT20 8
PUBLÍQUESE, COMUNíQueSE
y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a I s
EL MINISTRODEL INTERIORY DEJUSTI~