Decreto No. 3969
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MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCIAlf::~;".,
DECRETO NÚMERO
3 9 6 9
DE 2008
( 1 4 0&T2008
Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Fondo de Pasivo Social
de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades legales conferidas en los literales m) y n) del artículo 54 y el
artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 770 de 2005 suprimió de los niveles jerárquicos el Ejecutivo, eliminando
por consiguiente las denominaciones
existentes; redefinió las funciones del nivel profesional
y ordenó a las entidades ajustar los empleos a la nueva nomenclatura
y clasificación.
Que el Consejo
Directivo
del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles
Nacionales
de
Colombia en sesión realizada el 1°. de noviembre de 2007 decidió someter a aprobación del
Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal, como consta en el Acta Número
4 del 1°. de noviembre de 2007.
Que el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, presentó ante el
Departamento Administrativo
de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los
artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 Y 96 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de
modificar
la planta
de
personal,
la cual
obtuvo
concepto
técnico
favorable
de este
Departamento Administrativo.
\~\
Que para fines de este Decreto la Dirección General del Presupuesto
Público Nacional del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuesta!.
DECRETA:
Artículo 10. Apruébase la modificación de la planta de personal del Fondo de Pasivo Social
de Ferrocarriles Nacionales de Colombia suprimiendo
los siguientes cargos de empleados
públicos.DECRETO NUMERO
e 3 9 6 9 de
Hoja N°, 2 de 3
Continuación del decreto "Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del
Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia".
de
Denominación
Código
Grado
Jefe de Oficina
2045
23
Jefe de División
2040
22
Profesional Es ecializado
2028
14
Técnico Administrativo
3124
16
Secretario E'ecutivo
4210
22
ARTICULO
SEGUNDO-.
Créanse
los siguientes
cargos en la Planta de personal del
Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia:
DIRECCION GENERAL
No. de
Denominación
Código
Grado
Car os
Uno 1
Profesional Especializado
2028
16
PLANTA GLOBAL
No. de
Denominación
Código
Grado
Car os
Uno 1
Jefe de Oficina Asesora Jurídica
1045
08
Uno (1)
Jefe
de
Oficina
Asesora
de
1045
08
Planeación
Profesional Es ecializado
2028
18
Secretario E'ecutivo
4210
23
Conductor Mecánico
4103
17
ARTICULO
TERCERO-.
Los funcionarios con derechos de carrera que se les suprime el
cargo como consecuencia
de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto serán
, incorporados directamente en los empleos que se creen en el artículo 2° de este decreto,
lo anterior de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004, Decreto Ley
770 de 2005, artículo 28 del Decreto 760 de 2005 y los artículos 87 y siguientes
del
Decreto 1227 de 2005 y demás normas concordantes.
ARTICULO
CUARTO-o El Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles
Nacionales de Colombia, mediante Resolución, distribuirá los cargos de la planta global a
que se refiere el artículo 2° del presente Decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta
la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio del Fondo.
ARTICULO
QUINTO-.
La incorporación
de los empleados
a la planta
de personal
establecida en el artículo 2° del presente Decreto, se efectuará dentro de los treinta (30)
días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo
45 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 87 del Decreto 1227 de 2005.J)EC'RETO NUMERO
3 9 6 9 de
Hoja N°. 3 de 3
Continuación del decreto "Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del
Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia".
ARTICULO
SEXTO-o El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
modifica en lo pertinente el Decreto 963 de 1998.
14 0&12008
PUBUQUESE y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR
EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN SOCIAL,
DIEGO::'LA\IO
BETANCOURT
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA,
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FERNANDO GRilLO
RUBIANO"