Decreto No. 3993
DE COLOMBIA
¡'~¡<,;,'
••••••••
•
~',o,;...:'. ·_"••••. ,-,""'.",.> .•.. · ..•Lc '.
,., '-'C',.(;,~,,:¡\;
'-."::O.:!o."~I!I.>~
.'~1";i'
MINISTERIO DE LA PROTECCiÓN SOCI~kif.i¡:~~,";"
...
o.c.;=~~""""",
••~,;~''''
DECRETO NÚMERd'
3993
DE2ooá;·"",~,T'
(
16 OCT2008
,
Por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del FONDO DE PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA - FONPRECÓN
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades constitucionales
y legales, en especial las que le confieren
los
literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 770 de 2005 suprimió de los niveles jerárquicos
el ejecutivo, eliminando
por
consiguiente las denominaciones
existentes; redefinió las funciones del nivel profesional y ordenó a
las entidades ajustar los empleos a la nueva nomenclatura y clasificación.
Que el FONDO DE PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
- FONPRECÓN,
presentó al Departamento Administrativo
de la Función Pública la justificación
técnica de que tratan
los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 Y 96 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de
modificar la planta de personal, la cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento
Administrativo.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto
Público Nacional del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificación de viabilidad presupuesta!.
Que en sesión del día 19 de Octubre de 2007, el Consejo Directivo del FONDO DE PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA - FONPRECON,
decidió someter a la aprobación
del Gobierno Nacional, la modificación
de la estructura
y la planta de personal del FONDO DE
PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA - FONPRECON,
como consta en el
Acta W 007 de la misma fecha.
DECRETA:
ARTíCULO 1°,_
Apruébase
la modificación
de
la planta
de
personal
del
FONDO
DE
PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
- FONPRECON-,
suprimiendo
los
siguientes cargos:
PLANTA GLOBAL
Número de cargos
DENOMINACIÓN
Código
G rad o
~
1
(Uno)
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
20
2
(Dos)
Jefe de División
2040
24
5
(Cinco)
Jefe de Sección
2075
14
1
(Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
1
(Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
22
1
(Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
1
(Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
16
2
(Dos)
Secretario Ejecutivo
4210
22DECRETO NÚMERO
399 3
Hoja W. 2 de 3
de
Continuación
del decreto "Por el cual se aprueba la modificación
de la planta de personal
del
FONDO DE PREVISiÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE lA REPÚBLICA - FONPRECÓN".
1
(Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
21
5
(Cinco)
Secretario Ejecutivo
4210
19
ARTíCULO 2°._ las funciones propias del FONDO DE PREVISiÓN
SOCIAL DEL CONGRESO
DE
LA REPÚBLICA,
FONPRECÓN,
serán cumplidas
por la planta de personal que se establece
a
continuación:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
Número de cargos
DENOMINACiÓN
Código
Grado
1
(Uno)
Director General de Entidad Descentralizada
0015
24
1
(Uno)
Asesor
1020
09
1
(Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
22
PLANTA GLOBAL
Número de cargos
DENOMINACiÓN
Código
Grado
Subdirector General de Entidad
2
(Dos)
0040
20
Descentralizada
1
(Uno)
Jefe Oficina Asesora Jurídica
1045
09
1
(Uno)
Jefe Oficina Asesora de Planeación
1045
09
3
(Tres)
Profesional Especializado
2028
15
5
(Cinco)
Profesional Especializado
2028
14
2
(Dos)
Profesional Especializado
2028
13
7
(Siete)
Profesional Universitario
2044
10
1
(U no)
Profesional Universitario
2044
03
3
(Tres)
Técnico Administrativo
3124
16
2
(Dos)
Técnico Administrativo
3124
14
1
(Uno)
Técnico Administrativo
3124
13
3
(Tres)
Técnico Administrativo
3124
11
1
(Uno)
Técnico Administrativo
3124
09
1
(Uno)
Técnico Operativo
3132
16
1
(Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
21
2
(Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
20
3
(Tres)
Auxiliar Administrativo
4044
19
2
(Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
18
2
(Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
15
3
(Tres)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
13
1
(Uno)
Conductor Mecánico
4103
17
1
(Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
22
2
(Dos)
Secretario Ejecutivo
4210
21
ARTíCULO
3°. - los empleados
de carrera administrativa
a quienes se les suprima el cargo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 1°. del presente decreto y no sean incorporados
a la planta de
personal
de que trata
el artículo
2°. del presente
decreto,
tendrán
derecho
a optar
por la
indemnización
o reincorporarse
a empleo equivalente,
de conformidad
con lo consagrado
en el
Decreto Ley 775 de 2005, Decreto 2929 de 2005 en concordancia
con el artículo 44 de la ley 909
de 2004 y los artículo 87 y 90 del Decreto 1227 del 2005.DECRETO NÚMERO
3993 de
Hoja W. 3 de 3
Continuación
del dec~eto
"Por el cual se aprueba la modificacjón
de la planta de personal
del
FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPUBLlCA - FONPRECON".
ARTíCULO
4°. -
El Director General, mediante resolución,
distribuirá los cargos de la planta
global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto y ubicará al personal teniendo en cuenta
la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio del Fondo.
ARTíCULO
5°._
La
incorporación
de
los
funcionarios
a la
nueva
planta
de
personal
establecida
en el artículo 2°. del presente Decreto, se efectuará
dentro de los treinta (30) días
siguientes a su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 909 del
2004 y el artículo 87 del Decreto 1227 del 2005.
Parágrafo:
Los empleados
públicos
del
Fondo
de
Previsión
Social
del Congreso
de
la
República - FONPRECÓN,
continuarán
percibiendo
la remuneración
mensual correspondiente
a
los empleos que desempeñan
actualmente,
hasta tanto se produzca la incorporación
a la nueva
planta de personal y tomen posesión del cargo.
ARTíCULO
6°._
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2188 de 2003.
PUBlÍQUESE
y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a
.0
EL MINISTRO DE LA PROTECCiÓN
SOCIAL
DIEGO PALACIO B TANCOURT
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO
DE LA FUNCiÓN PÚBLICA
--o
•••
\
.-.--
•••
--.'
•••
-
•••••
~
---
-~:;,~:
....
__
<.
1..\
----",-.~.
.....
~
'"
./
FERNANDO GRILLO RUBlANO